Desde el 02 de diciembre de 2009 los agentes del Cuerpo de Tránsito comienzan a retener preventivamente la licencia de conducir a aquellos conductores que incurran en las siguientes faltas:
De esta manera, a cambio de la licencia se entrega al infractor una boleta de citación que habilitara al inculpado a circular durante un plazo máximo de 40 días corridos, dentro de los cuales deberá presentarse ante la Unidad Administrativa Controladora de Faltas a partir de las 24 hs. desde que se labró el acta a fin de regularizar su situación.
Si se detiene a un infractor que ya circula con la boleta de citación, se procederá a retener la misma y, además secuestrar el vehículo.