Preguntas frecuentes

Conocé más y despejá tus dudas sobre la Ecoinsignia.

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El distintivo está pensado para que cualquier organización o establecimiento, de cualquier tamaño, radicada o con sede dentro del ámbito la Ciudad de Buenos Aires, pueda acreditar que cumple con los requisitos y estándares de sostenibilidad ambiental definidos y evaluados por la Agencia de Protección Ambiental. Las organizaciones y/o establecimientos pueden ser de carácter público o privado, incluyendo tanto emprendedores, como comercios, locales, consorcios, Micro empresas, PYMES, organizaciones públicas, organizaciones no gubernamentales y grandes empresas.

El primer paso es realizar un autodiagnóstico y preparar a tu establecimiento para recibir la auditoría de calificación. El autodiagnóstico consiste en completar un checklist de requisitos que cumple tu establecimiento, y obtener un puntaje preliminar que te permita concluir qué nivel de Ecoinsignia puede alcanzar tu establecimiento.

Una vez que tengas el autodiagnóstico realizado y la documentación respaldatoria preparada, el segundo paso es adherir al trámite, completando y entregando la Solicitud de Adhesión junto con la documentación necesaria que acredite la representación legal de tu organización. Deberás definir un Referente, que podrás ser vos como representante legal, un empleado de tu organización o bien, un consultor independiente o un Experto Acreditado con el Curso para Referentes de Sostenibilidad.

A partir de tu adhesión, recibirás instrucciones de próximos pasos de parte de un Auditor de la APrA, que se pondrá a tu disposición para acompañarte en el proceso. Si vos o tu Referente no tienen experiencia previa en Ecoinsignia ni son Expertos Acreditados, el primer paso será tomar un Taller de Acreditación.

A partir de aquí, el Auditor de APrA los guiará en la primera Etapa que será realizar un “Informe de Acreditación”. Este informe consiste en formalizar el checklist del autodiagnóstico, donde deberás declarar qué requisitos vas a acreditar. Deberás presentar este informe, acompañado de la documentación respaldatoria que corresponda y permita evaluar el cumplimiento de los requisitos, de acuerdo al Nivel de “Ecoinsignia” que pretendés obtener. En esta instancia, puede requerirse una visita al establecimiento para validar los requisitos acreditados, y en caso de que su evaluación determine que se cumplió con lo requerido y califique para el Nivel de “Ecoinsignia” solicitado, se emitirá un “Informe de Calificación” y otorgará la “Ecoinsignia” correspondiente.

Una vez adherido, tu establecimiento tiene un mes para completar el Informe de Acreditación y presentarlo. Dicha adhesión no posee plazo de expiración, pero puede quedar sin efecto en aquellos casos donde el establecimiento público o privado:

1. no acredite los requisitos para obtener la Ecoinsignia en el término de un mes desde la aceptación de la “Solicitud de Adhesión” por parte de la Gerencia Operativa de Desarrollo Sustentable;

2. no haya satisfecho los requisitos para obtener la Ecoinsignia tras su acreditación y, a la vez, luego, no haya solicitado la reconsideración para volver a calificar dentro de un plazo de un mes desde la calificación insatisfactoria previa;

3. no renueve la vigencia de la “Ecoinsignia” al cabo de dos años de obtenida o renovada.

En caso de prever no cumplir con presentar el Informe de Acreditación dentro del plazo arriba enunciado, tu establecimiento puede solicitar una única “Extensión de Plazo”, como mínimo 5 días antes de cumplirse la fecha límite.

Si no solicitaste la “Extensión de Plazo”, y tu adhesión venció por cualesquiera de los casos arriba mencionados, tu establecimiento podrá renovar su adhesión y calificar, aunque recién pasados seis meses desde la última fecha límite registrada.

Sí. Si el establecimiento acredita poseer el Sello Verde del GCBA vigente, se considerarán como acreditados por completo los requisitos homologables y se les computará el puntaje final obtenido en el Sello Verde como porcentaje del valor del Puntaje Base en cada requisito homologado en Ecoinsignia. Para acreditar efectivamente el Sello Verde, debe presentar el Sello propiamente dicho y el Informe Final de otorgamiento.

La diferencia entre la Ecoinsignia y el Sello Verde es que la Ecoinsignia certifica y reconoce el compromiso con el desarrollo sostenible en la actividad organizacional, como un concepto sistémico y más amplio que el Sello Verde. La Ecoinsignia verifica que se cumplan requisitos en los ejes de Agua, Energía, Residuos, Insumos y Gestión Ambiental, mientras que el Sello Verde verifica sólo requisitos en cuestiones de Gestión de Residuos e Insumos. Los establecimientos pueden obtener tanto la Ecoinsignia como el Sello Verde, ambos son complementarios y homologables entre sí, es decir, si el establecimiento ya obtuvo el Sello Verde, los requisitos que dicho distintivo comparta con Ecoinsignia para los Ejes de Residuos e Insumos se considerarán acreditados, y viceversa.

En cuanto a la diferencia entre la Ecoinsignia y los Ecosellos, ésta se da en que la Ecoinsignia certifica requisitos y/o mejoras habidas en el establecimiento al momento de adherir y en la totalidad de los Ejes, mientras que los Ecosellos acompañan al establecimiento a enfocarse en desarrollar un Plan de Acciones en los Ejes que puntualmente elija. De

esta forma, los Ecosellos certifican el logro de al menos dos metas por Eje, más enfocadas, elegidas, planificadas y autoimpuestas por el mismo establecimiento, y concretadas a futuro a lo largo de un proceso en el tiempo que puede demandar entre 6 meses y 1 año en promedio. Por el contrario, la Ecoinsignia certifica que el establecimiento cumpla con la serie de requisitos de la lista que predefine la APrA, y su procedimiento y proceso es más simple y corto que el de los Ecosellos, incluyendo sólo una instancia de acreditación de requisitos cumplidos y una auditoría sobre su cumplimiento, y posterior calificación. En cambio, los Ecosellos se obtienen tras trabajar en un proceso que consiste en tres etapas: relevar, planificar e implementar, con una auditoría final de cumplimiento del plan autodesarrollado.

Así como la Ecoinsignia y el Sello Verde son complementarios, los Ecosellos también se complementan con estos primeros. Un establecimiento puede acreditar, por ejemplo, una Ecoinsignia nivel Inicial, y luego desarrollar e implementar un Plan de Acciones de Sostenibilidad enfocado en algún Eje en particular mediante el Programa Ecosellos para cumplir con los requisitos que le faltan para alcanzar otra Ecoinsignia de niveles superiores, o incluso superarlas. A la inversa, si un establecimiento no puede acreditar ningún nivel de Ecoinsignia, puede aprovechar a trabajar los requisitos que le falten mediante el Programa Ecosellos.

En síntesis, la Ecoinsignia o el Sello Verde certifican las mejoras habidas (obtenidas en el pasado), mientas que los Ecosellos proponen una metodología estructurada y probada internacionalmente para el camino de implementación de acciones puntuales y más enfocadas que se certifiquen una vez cumplidas (según los ejes seleccionados) (a futuro).

Para más información: ecoinsignia@buenosaires.gob.ar