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DG. de Tesorería

Marco Legal Funcional Contenidos


1. Introducción

La Cuenta Única es un instrumento operativo de manejo de los fondos públicos, vinculada al Sistema de Tesorería, que funciona integrada a los demás Sistemas de Administración Financiera, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 70 y su reglamentación.

La Tesorería General de la Ciudad de Buenos Aires, como órgano rector del Sistema de Tesorería, debe coordinar el funcionamiento de todas las unidades o servicios de tesorería que operan en el Sector Público, dictando las normas y procedimientos conducentes a ello (art. 99 de la Ley 70).

La Tesorería General desempeña dos funciones básicas y una operativa, vinculadas con la Cuenta Única. La primera está relacionada con las atribuciones de órgano rector del Sistema de Tesorería, que está compuesto por el conjunto de órganos, normas y procedimientos que intervienen en la recaudación de los ingresos y en los pagos que configuran el flujo de fondos del Sector Público, así como en la custodia de las disponibilidades que se generen. La segunda está relacionada con la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración de la Ciudad y del flujo de fondos de la Administración Central. La función operativa está referida a la recaudación de derechos de Timbre y otros conceptos de recursos no tributarios mediante la administración de Cajas Externas ubicadas en distintas comunas para su percepción.

El planteamiento general del concepto de Cuenta Única está basado en el principio fundamental de la implantación de este instrumento en todos los organismos de la Administración Pública, comprendiendo cualquier tipo de recurso.

Su implantación constituye una herramienta esencial para lograr una moderna y más segura gestión en el manejo de los fondos públicos, y alcanzar el gerenciamiento pleno y transparente de los mismos.

La sistematización de dicho instrumento prevé que todos las Jurisdicciones deben estar ingresando sus operaciones en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGAF) que, por medio de líneas de comunicación de datos, se transmiten las transacciones inherentes al Sistema. También debe formar parte de la red de comunicación de datos el agente financiero del Gobierno, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires que opera con el Sistema Cuenta Única.

2. Modelo Conceptual

El concepto general de Cuenta Única está basado, fundamentalmente, en el mantenimiento de una sola cuenta corriente bancaria en el agente financiero del Gobierno, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, denominada Cuenta Única del Tesoro, operada exclusivamente por la Tesorería General de la Ciudad.

Hacia ella deben dirigirse todos los recursos recaudados, sean los destinados a Rentas Generales, propios de organismos o afectados a algún fondo o programa específico, así como los de créditos externos o fondos de terceros, excluyéndose solamente los recursos de los organismos que por normas legales no se integren a la Cuenta Única.

Por otra parte, a través de la Cuenta Única del Tesoro son realizados todos los pagos para la cancelación de las obligaciones contraídas por las Jurisdicciones de la Administración Central, o entregas de fondos a Organismos extrapoder y descentralizados en el marco de la ejecución de los programas presupuestarios.

Los desembolsos financieros son programados diariamente por la Tesorería General y los recursos son programados conjuntamente con la Oficina de Presupuesto para administrar la disponibilidad en la Cuenta Única del Tesoro.

Adicionalmente, la Tesorería General conoce los saldos de las cuentas bancarias de todos los organismos de la Ciudad, que se consolidan diariamente con el saldo de la Cuenta Unica del Tesoro para obtener la Posición Financiera Total de la Ciudad con relación al Banco Ciudad y poder así hacer mas eficiente el uso de las disponibilidades en cuentas bancarias.

Por definición, los Organismos y Jurisdicciones deben mantener sus disponibilidades en el Banco de la Ciudad en cuentas corrientes bancarias exclusivamente, a efectos de recibir fondos en concepto de recaudación de recursos propios, afectados o de terceros, y cada una de ellas debe estar vinculada a una fuente de financiamiento. Este conjunto de cuentas se denomina "Recaudadoras Bancarias". Además, pueden disponer de cuentas bancarias pagadoras para gastos de pequeño monto y gastos vinculados principalmente a las entregas de fondos con cargo de rendir cuenta y fondos rotatorios.

Para alcanzar los resultados previstos en el modelo funcional de la Cuenta Única, se desarrolló un sistema bajo un mecanismo de Cuentas Escriturales cuyos titulares son las Jurisdicciones, similar al de las cuentas corrientes bancarias, el cual se encuentra en operación en la Tesorería General, integrando el Sistema de Cuenta Única.

Las Cuentas Escriturales son para registrar la titularidad de los recursos que integran la Cuenta Única del Tesoro y el ingreso a las mismas es efectuado simultáneamente al registrarse el recurso y por el lado del gasto se registran automáticamente las erogaciones en sus etapas de Compromiso Definitivo, Devengado y Pagado que se financian con dichos recursos. La consolidación de dichas Cuentas Escriturales suman el saldo de la Cuenta Única del Tesoro.

La información que brindan las cuentas escriturales con el detalle de los movimientos y su saldo, está a disposición de la Jurisdicción que administra los recursos y permiten controlar que las erogaciones puedan continuar en su proceso de registro presupuestario, en la medida que cuente con los recursos que se estimaron para financiarlas.

3. Registro de Ingresos

Los ingresos por recaudación, tanto de la Administración Central como de los Organismos Descentralizadas, de cualquier fuente de financiamiento u origen, fluyen a las cuentas recaudadoras habilitadas al efecto en el Banco ciudad de Buenos Aires.

Por definición, todo ingreso de recurso por recaudación es registrado en el Sistema de Cuenta Única a partir de una cuenta recaudadora.

Diariamente, el Banco Ciudad procede a transferir el saldo de cada una de estas cuentas recaudadoras a la Cuenta Única del Tesoro, o sea, el total de los recursos colectados en el día. Además, suministra a la Tesorería General información respecto de dichas transferencias a través de extractos bancarios de las cuentas recaudadoras y el de la Cuenta Única del Tesoro, a fin de aportar información al proceso de conciliación bancaria.

El módulo de Ingresos permite que se registren en el sistema todos los recursos ingresados a la Cuenta Única del Tesoro que se originaron por recaudación o por depósito resultante de rechazo de un pago.

Los ingresos por anulación de pago, de cualquier fuente de financiamiento u origen, deben fluir directamente a la Cuenta Única del Tesoro. Compete a la Tesorería General procesar los pagos anulados que, al anularse se identifica y afecta automáticamente la Cuenta Escritural correspondiente.

4. Registro de Egresos

El módulo de Pagos permite que la Tesorería General autorice pagos que son formalizados a través de la emisión de un medio de pago contra la Cuenta Única del Tesoro, denominado "Planilla de transferencia bancaria". Al cierre de las operaciones del día, dichas órdenes son agrupadas en lotes que son enviados al Banco Ciudad para la efectiva acreditación de los importes en las cuentas bancarias de los beneficiarios pertinentes.

El pago se realiza centralizadamente por la Tesorería General, de acuerdo a la reglamentación vigente, invariablemente a partir de una Orden de Pago emitida por la Dirección General de Contaduría de la Ciudad de Buenos Aires.

Para que se habilite a cobrar por medio de Transferencia Bancaria, es indispensable que el beneficiario del pago haya informado con antelación, a través de la Jurisdicción emitente de la autorización cuando se trata de personas físicas, o mediante la presentación de una certificación del Banco Ciudad, la existencia de una cuenta bancaria en cualquiera de las sucursales de dicho Banco.

También se realizan pagos por otros medios, como ser efectivo, cheques y cheques diferidos y que son utilizados como excepción y ante situaciones especiales que justificadamente habiliten a utilizar estos medios de pago. Los mismos son emitidos y registrados en el SIGAF, cumpliendo con sus propios requisitos para la administración y control.

Como se ha definido anteriormente, "Todo ingreso de recurso por recaudación es registrado en el Sistema de Cuenta Única a partir de una cuenta bancaria recaudadora", y de esta se impacta en el Recurso Presupuestario y en una "Cuenta Escritural”. En estas últimas se impactan automáticamente los pagos que realicen, cualquiera fuere el medio de pago utilizado, en función a la vinculación existente con la partida presupuestaria a la que se debe imputar la erogación.

5. Conciliación Bancaria

El proceso de Conciliación Bancaria llevado a cabo en la Tesorería General combina procesos automáticos con procesos manuales: El proceso automático está habilitado para los recursos que se registran a partir de la información magnética suministrada por el Banco Ciudad del débito realizado en cada cuenta bancaria recaudadora y su respectivo crédito en la Cuenta Única del Tesoro. A su vez, a cada cuenta bancaria recaudadora en el Banco Ciudad corresponde una Cuenta Escritural en el Sistema de Cuenta Única operado por intermedio del SIGAF desde la Tesorería General.