Protocolo de Prevención del COVID-19 durante operativos de relocalización Barrio Padre Carlos Mugica

Podés descargar los protocolos que se implementaron ante la emergencia sanitaria.

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La Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 6.017) dispone la urbanización del polígono correspondiente a las Villas 31 y 31 Bis para ser destinado a vivienda, desarrollo productivo y equipamiento comunitario de sus actuales habitantes.

Que, la Ley N° 6.129 dispone la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos Mugica", su integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la radicación definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 6.017), estableciendo como autoridad de aplicación de la citada norma, a la Secretaría de Integración Social y Urbana o al organismo que en el futuro lo reemplace.