Hacienda

Asociaciones Público-Privadas

Las Asociaciones Público-Privadas (APP) –en inglés, Public-Private Partnerships (PPP ó P3) es considerada una tipología de relación público-privada materializada en un contrato entre un organización pública y una compañía privada (sociedad de propósito específico) para la provisión y compra de proyectos de infraestructura y de sus servicios relacionados en el largo plazo (promedio 20 años), financiado principalmente [aunque no necesariamente] a través de pagos diferidos en el tiempo por parte del Estado y de los usuarios.

Dicha asociación se traduce en retención y transferencias de riesgos, en derechos y obligaciones para las partes, en mecanismos de pago relacionados con incentivos y deducciones, en establecimiento de una regulación integral de los estándares de calidad de los servicios contratados e indicadores claves de cumplimiento.

En general este sistema se aplica en desarrollo de infraestructura con amplio impacto en la población beneficiaria en sectores tales como salud, educación, autopistas urbanas, aeropuertos, edificación pública, puertos, ferrocarriles, obras de riego y terminales aduaneras.

Los aspectos comunes que caracterizan a los proyectos PPP son los siguientes:

  • Generan una relación comercial entre entidades públicas y privadas que obliga a distribuir finamente los riesgos adquiridos que devienen de esa relación a través de contratos flexibles de largo plazo.
  • Generalmente, se aplican a proyectos de infraestructuras públicas y la provisión de servicios sociales (salud, educación) con financiamiento deficitario.
  • Típicamente se realizan bajo esquemas DBFOT (Diseño, Construcción, Financiamiento, Operación y Transferencia) mediante un contrato de largo plazo.

Experiencia internacional
A nivel de experiencia internacional el modelo más avanzado en materia de PPP es el que se encuentra desarrollando el Reino Unido, y se denomina Private Finance Initiative (PFI). En América Latina, los modelos más desarrollados son los de Chile y México. Se crea una Ley de Concesiones que ha sido la que ha gobernado hasta ahora la relación entre el sector público y privado para el desarrollo de infraestructura. en sectores como carreteras, autopistas urbanas, aeropuertos, cárceles, edificación pública, puertos, ferrocarriles, obras de riego y terminales aduaneros.

MARCO NORMATIVO EN ARGENTINA

En Argentina, mediante el Decreto nº967/2005 se aprobó el REGIMEN NACIONAL DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA destinado a facilitar la asociación entre el Sector Público y el Sector Privado para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios, compartiendo los riesgos y mejorando la agilidad de las operaciones. Se creó una Comisión de Evaluación y Desarrollo de Asociaciones Público-Privadas y el Procedimiento que deberá observar el organismo de la Administración Pública que propicie una propuesta de asociación. La autoridad de aplicación en forma conjunta son el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

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