Es el trámite que debés realizar para obtener el permiso para colocar un telón de obra con publicidad.
Persona física:
Persona jurídica:
Certificado otorgado por el Consejo o Colegio de profesionales correspondiente, donde se establece que el arquitecto, ingeniero, maestro mayor de obras o técnico electricista se encuentra habilitado.
Debe contar con el Nº de CUIL/CUIT del peticionante y debe estar vigente al momento de su presentación.
Deberás presentar una copia del contrato de locación, certificado por escribano público, vigente y con las firmas correspondientes. Si el espacio es de dominio público, deberás presentar una copia certificada por escribano público de la correspondiente licitación.
La póliza de seguro, original o copia simple, con la siguiente información obligatoria:
Plano escaneado, completo y legible, con la siguiente información:
Disposición de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano que otorga la Matrícula Publicitaria.
Copia de la plancheta catastral de la parcela, otorgada por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.
Permiso, aviso o visado APH de aviso de obra. Si es APH, tiene que presentar un Visado de APH de aviso de obra.
Otorgado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, artículo 2.1.1.1. del Código de Edificación:
Trabajos que requieren permiso de obra: se deberá solicitar permiso para:
En los casos de demolición de salas teatrales, el propietario del predio tendrá obligación de:
Antes de realizar trabajos de proyección de obras que requieran permiso, se deberá obtener de la Oficina de Catastro la Certificación de Nomenclatura Parcelaria, a los efectos de conocer las particulares restricciones al dominio que, eventualmente, pudieran afectar al predio, como ser: ensanche, apertura o rectificación de vía pública, u otras que pudieran existir. La certificación mencionada tendrá validez de 6 meses, a partir de la fecha de su otorgamiento.
Otorgado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, art. 2.1.1.2. del Código de Edificación:
El aviso de obra será suscrito por el propietario, en formulario aprobado. La Dirección podrá exigir, no obstante, que se solicite permiso en los casos en que los trabajos mencionados tengan una especial importancia.
Si el toldo, con o sin publicidad, se encuentra en una zona APH o en un edificio con protección patrimonial: deberás presentar el visado de APH, otorgado por la Dirección de Interpretación Urbanística.
Cronograma y detalle de tareas estimadas. La finalidad es determinar los tiempos de las etapas constructivas.
Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cargá tus datos personales y la documentación en pdf.
En el portal de Trámites a Distancia (TAD) contarás con la información actualizada del estado de tu trámite.
Podés realizar el seguimiento de tu trámite, ingresando al Portal Web de Localización de Expedientes del Gobierno de la Ciudad.
Trámite arancelado según Ley Tarifaria Vigente.
Telón de obra: elemento de tela o material similar, colocado en forma vertical al frente de las obras en construcción, cubriendo la fachada y fijado a andamios o estructuras similares.
Una vez obtenido el permiso, deberás contribuir con lo que indica la Ley Tarifaria Vigente y mantener tus obligaciones al día.
Fotos certificadas por escribano (se podrán presentar en formato digital):
Informe técnico expedido por profesional competente, donde se constata el buen estado del dispositivo.
Póliza de Seguro de responsabilidad civil vigente, que contenga la siguiente información:
Disposición anterior expedida por la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, donde se otorga el permiso que se pretende renovar.
Planos presentados para la aprobación del anterior permiso, donde se constate que es el mismo dispositivo.
Lunes a viernes