Para habilitar ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos un espacio bajo el rubro Centro Cultural, debes desarrollar las actividades comprendidas para el uso e inscribirte previamente en el Registro de Usos Culturales dependiente de este Ministerio.
Si sos persona jurídica:
Si sos persona humana:
Acercate a Avenida de Mayo 575, Piso 4º, oficina 408, de lunes a miércoles, de 11 a 15 hs, y presentá el formulario correspondiente, acompañado por la documentación necesaria junto con la documentación necesaria.
Según la definición que establece la Ley 5240, el Centro Cultural es “un espacio no convencional (y/o experimental y/o multifuncional) en el que se realizan manifestaciones artísticas de cualquiera tipología, que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes”. Y “la actividad de baile no podrá ser la actividad principal de los Centros Culturales”.
Tené en cuenta que, si en tu espacio se realizan otras actividades culturales no comprendidas en el rubro de Centro Cultural, se encuentra disponible la ley 6063, denominada espacio cultural independiente, que prevé el desarrollo de todas las actividades culturales independientes que propongas para tu espacio.
Por consultas, comunicate al 4323-9400 (Int: 7933/7930) o enviá un mail a: centrosculturales@buenosaires.gob.ar.
Av. De Mayo 575, 4° - Of: 408
Lunes a viernes
10 a 15 hs