Toda empresa demoledora y excavadora deberá estar inscripta en el Registro de empresas demoledoras y excavadoras.
Ingresá al portal web y realizá el registro como empresa demoledora y/o excavadora, generando un usuario y contraseña.
La empresa demoledora y/o excavadora deberá realizar la carga de datos y la documentación requerida en el portal web para obtener la matricula correspondiente.
Toda la documentación deberá ser escaneada y cargada en el portal, con el usuario generado con anterioridad.
Luego, la empresa deberá designar un profesional como representante técnico (con matricula habilitante expedida por el correspondiente Consejo Profesional).
El profesional representante técnico deberá acceder al portal web con su usuario y contraseña, provistos por el Consejo Profesional, para aceptar o rechazar la solicitud de la empresa demoledora y/o excavadora.
Al aceptar la solicitud, se habilita la posibilidad de descargar el formulario de registro correspondiente y la declaración jurada.
Los dos formularios deberán ser firmados por ambas partes para luego escanear y subir al sistema web y confirmar.
El trámite se enviará primero al consejo donde se certificarán las tareas del Responsable Técnico.
Luego se verificará toda la información en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra (DGFYCO), para finalmente otorgar el nuevo Registro, que se informará vía mail a las partes intervinientes.
Las empresas excavadoras y demoledoras se identificaran con su clave tributaria (CUIT) o por su clave de identificación laboral (CUIL).
En el portal, deberán ingresar la documentación requerida y la Dirección General De Fiscalización y Control de Obras (DGFYCO) calificara los documentos presentados. Se confirmará al mail ingresado en el sistema el resultado de dicho trámite.
Aprobado el trámite, se le otorga a la empresa un número de registro con su especialidad y categoría solicitada, y la oblea con Código QR, la cual informa los datos de la empresa.
La inscripción al Registro es requisito condicionante para poder operar como demoledor/ excavador en la Ciudad.
Para realizar el trámite, será obligatorio contar con un representante técnico con matricula profesional habilitante y Registro de Encomienda de Tarea Profesional certificado por el respectivo consejo profesional. El mismo deberá encontrarse habilitado por su respectivo consejo profesional para ejercer como tal.
La inscripción al registro se renueva anualmente.
DI-2016-1049-DGFYCO
Portal web para el registro de empresas demoledoras y excavadoras.
ANEXO-I-DI-2016-1049-DGFYCO.
Procedimiento para el registro de empresas demoledoras y excavadoras en el portal web.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Lunes a viernes
8.30 a 13.30 hs