Todo edificio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cuente con Artefactos térmicos, comprendidos en el artículo 1 del IF-RT-050106-020601-06 -CONSERVACION DE LAS INST. TERMICAS-V02, está obligado para su certificación, a declararlos en el Registro de Artefactos Térmicos.
Para registrarte ingresá al portal del registro de artefactos térmicos, para darte de alta como usuario.
Y aquellos que la incumbencia les permita matricular profesional relacionado con las tareas y ejercicios profesionales de certificación de calderas.
Nota: a cada instalación registrada le corresponde una boleta de pago, con un número de “identificación de pago” propio.
Luego de abonar la boleta de pago y de que el mismo se acredite en el sistema, podrá ser aceptada la instalación por el profesional certificante y se podrá imprimir la constancia –oblea con código QR–, cuya lectura digital permitirá visualizar la información sobre el estado de la instalación declarada.
Mediante la lectura del código QR con una aplicación de acceso público, podrán conocer, en todo momento, si las instalaciones correspondientes son aptas para su uso.
La oblea con código QR vencerá el 31 de diciembre de cada año, debiendo efectuar su renovación hasta el 31 de marzo del año siguiente, y deberá estar disponible próxima al artefacto térmico, en lugar visible y accesible.
Para solicitar el cambio de administrador / declarante / usuario de instalación, deberás seleccionar la opción "cambio de administrador".
Luego de dar de alta la aplicación, confirmar la instalación y adjuntar la documentación requerida. El pedido ingresará en el sistema para ser aprobado o denegado por el área de Fiscalización y Control de Obra.
Podrás consultar en todo momento el estado del trámite.
Póliza de seguro de responsabilidad civil, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros por el uso de la instalación.
Habilitación o inicio de trámite de habilitación de los artefactos térmicos, conforme el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Oblea con código QR por cada artefacto térmico.
Ley 6100 art. 5.1.6.
Código de edificación.
IF-RT-050106-020601-06 -CONSERVACION DE LAS INST. TERMICAS-V02
Certificación de Instalaciones Térmicas.
Ley 6438
Código de Edificación.
Anexo Resol-2021-80-GCABA-SSGU
Reglamentación técnica Código de Edificación (Ley N° 6438).
Manual interactivo para el usuario de conservación y mantenimiento de instalaciones y fachadas.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Lunes a viernes
8.30 a 13.30 hs