Toda persona física o jurídica que requiera utilizar el agua pública proveniente de napas subterráneas o cuerpos de aguas superficiales y/o que requiera el vuelco de efluentes a sistema pluvial o cuerpo de agua superficial, deberá tramitar su permiso especial en el marco de la Ley N° 3.295.
Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
Contar con la Clave Ciudad de AGIP.
Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación obligatoria:
Formulario correspondiente
Los permisos a tramitar podrán ser el Permiso Especial de Extracción de Aguas Subterráneas, previa Autorización de Perforación, el Permiso Especial de Extracción de Agua de Cursos Superficiales, el Permiso Excepcional de Vuelco de Efluentes Líquidos en el marco del Artículo N° 24 de la Ley y el Permiso de Labores transitorias y Especiales.
Asimismo, se podrán tramitar por esta vía las Autorización de Conservación de Pozos Preexistentes y el procedimiento de Cegado de Pozos de Extracción de Aguas Subterráneas para pozos prexistentes a la norma que deban ser cegados correctamente.
Cualquier duda sobre este proceso deberá ser canalizada a través del Gestión Colaborativa de la Ciudad.
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