El presente trámite consiste en la consulta de anteproyectos que conllevan una propuesta de redistribución de superficies según el Artículo 10.4 del Código Urbanístico, perforaciones tangentes, casos especiales de completamiento de tejido, entre otros.
También tramitan por Interpretación Urbanística los anteproyectos que requieran Intervención de Consejo (COPUAM) para los artículos determinados en Ley 6361/2020:
6.3.4.1 Fachadas.
6.4.2.2 Compensación de Línea de Frente Interno.
6.6 Regulación de Subsuelos.
6.6.1 Hundimiento del nivel de Planta Baja.
Gráfico de aplicación del artículo 6.6 Regulación de Subsuelos:
Este trámite puede ser realizado por el Propietario de la Parcela, persona autorizada para actuar en su nombre o el Profesional Actuante Autorizado.
Este trámite puede realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
Cargar en el Sistema de Tramitación a Distancia (TAD) la siguiente documentación:
Relevamiento fotográfico de la cuadra de fachadas y linderos, indicando el predio en cuestión y la fecha en la que se realizaron las toma Relevamiento de medianeras (Plano de agrimensura del perfil de medianeras con sus debidas cotas) De ser requerida otra documentación será notificado
Relevamiento fotográfico de la cuadra de fachadas y linderos, indicando el predio en cuestión y la fecha en la que se realizaron las toma Relevamiento de medianeras (Plano de agrimensura del perfil de medianeras con sus debidas cotas) En caso contar con una Disposición de prefactibilidad, adjuntarla como antecedente De ser requerida otra documentación será notificado
Obligatorios
Opcionales
Como resultado de una Prefactibilidad por Interpretación Urbanística se obtiene un Informe Técnico comunicado por Providencia respecto a los lineamientos urbanísticos para inmuebles en áreas de sustentabilidad y corredores y en áreas especiales individualizadas luego de un análisis realizado de acuerdo a las consideraciones establecidas en la normativa urbanística y su contexto (Título 6 y Anexo II del Código Urbanístico). La Gerencia Operativa de Morfología Urbana realiza un Informe Técnico y la Dirección General comunica el mismo por Providencia, respecto al cual se deberá ajustar el proyecto para tramitar la factibilidad definitiva.
Como resultado de una Factibilidad Urbanística por Interpretación Urbanística se obtiene la Disposición de factibilidad respecto al proyecto presentado en inmuebles en áreas de sustentabilidad y corredores y en áreas especiales individualizadas luego de un análisis realizado de acuerdo a las consideraciones establecidas en la normativa urbanística y su contexto (Título 6 y Anexo II del Código Urbanístico). La Gerencia Operativa de Morfología Urbana realiza un Informe Técnico y la Dirección General emite la Disposición de Factibilidad. La Disposición de Factibilidad es requerida para iniciar el trámite de Registro de Obra.
Ingresá a la plataforma de Sistema de Tramitación a Distancia (TAD). Hacé click en "Nuevo Trámite", seleccioná la opción "Interpretación Urbanística”, cargá la documentación indicada en Requisitos, y seguí los pasos indicados por el sistema.
1a) Prefactibilidad Urbanística
1a.1) Obra Menor (de 0 m2 hasta 500 m2) $77.480
1a.2) Obra Media (más de 500 m2 hasta 2500 m2) $464.910
1a.3) Obra Mayor (más de 2.500 m2 hasta 5.000 m2) $929.810
1a.4) Obra Mayor (más de 5.000 m2 hasta 15.000 m2) $3.099.380
1a.5) Obra Mayor (más de 15.000 m2 hasta 50.000 m2) $6.198.750
1a.6) Obra Mayor (Más de 50.000 m2) $15.496.880
2.a) Factibilidad Urbanística por interpretación en áreas de sustentabilidad y corredores y en áreas especiales individualizadas
2.a.1) Obra Menor (de 0 m2 hasta 500 m2) $103.310
2.a.2) Obra Media (más de 500 m2 hasta 2500 m2) $619.880
2.a.3) Obra Mayor (más de 2.500 m2 hasta 5.000 m2) $1.239.750
2.a.4) Obra Mayor (más de 5.000 m2 hasta 15.000 m2) $4.132.500
2.a.5) Obra Mayor (más de 15.000 m2 a 50.000 m2) $8.265.000
2.a.6) Obra Mayor (Más de 50.000 m2) $20.662.500
Av. Martín García 346
Lunes a Viernes
9.30 a 15.30 hs