Conocé todo lo que necesitás para realizar el trámite.
Certificado de Antecedentes penales, otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia.
Acreditar el cumplimiento de al menos uno de los siguientes parámetros:
1) Presentar un certificado, emitido por un profesional competente matriculado (arquitecto o ingeniero), que indique que al menos 50% de la superficie del inmueble se destina a la actividad promovida, legalizado por el colegio de profesionales correspondiente.
2) Acompañar copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas de los empleados en relación de dependencia, acreditando que al menos el 50% de los empleados se destinan a la actividad promovida.
3) Presentar una certificación contable, emitida por un auditor externo con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acreditando que al menos el 50% de la masa salarial se destina a la actividad promovida.
4) Presentar una certificación contable, emitida por un auditor externo con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acreditando que al menos el 50% de la facturación del solicitante corresponde a la actividad promovida.
En caso de personal contratado en relación de dependencia, presentar copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas.
Acreditar el cumplimiento de al menos dos de los siguientes parámetros:
1) Presentar un certificado emitido por un profesional competente matriculado (ingeniero o arquitecto), que indique que al menos 50% de la superficie del inmueble se destina a la actividad promovida, legalizado por el colegio de profesionales correspondiente.
2) Acompañar copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas de los empleados en relación de dependencia, acreditando que al menos el 50% de los empleados se destinan a la actividad promovida.
3) Presentar una certificación contable, emitida por un auditor externo, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acreditando que al menos el 50% de la masa salarial se destinan a la actividad promovida.
4) Presentar una certificación contable, emitida por un auditor externo, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, acreditando que al menos el 50% de la facturación del solicitante corresponde a la actividad promovida.
Para el caso de tratarse de los denominados Estudios de Artistas, deberán presentar una declaración jurada con la cantidad de unidades funcionales, residenciales o espacios adaptados, afirmando que el establecimiento cumple con el requisito de ocupación mínima del 30% del inmueble por beneficiarios de la Ley Nº 4.353.
Se deberá adjuntar copia de los actos administrativos por los cuales se incorporó a los beneficiarios correspondientes en el Registro del Distrito de las Artes.
Presentate en la Dirección General Desarrollo Productivo con la documentación indicada más arriba para poder iniciar el trámite.
Si es emitido por arquitecto, debe ser certificado por el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CEPAU).
Si es emitido por ingeniero, debe ser certificado por el Centro Argentino de Ingenieros (CAI).
Para mayor información, podés ingresar en el Portal Web del Distrito de las Artes.
Por consultas, podés comunicarte telefónicamente al 5030-9100 (interno 2258).
Avenida Martín García 348
Lunes a viernes