Aquellos generadores especiales de residuos sólidos urbanos (RSU) establecidos por la ley N° 1854 y normas complementarias, deben inscribirse en el Registro de Generadores Especiales (ReGE) del Ministerio de Ambiente y Espacio Público e incorporarse al programa de generadores privados de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), debiendo costear el transporte y disposición final de la fracción húmeda de los residuos que generen.
Se informa que dentro de los cinco (5) días hábiles desde la presente inscripción, con el pertinente N° de expediente que surge de la caratula aquí otorgada y N°de CUIT/CUIL del generador inscripto, deberás ingresar de manera obligatoria en la página de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) para la continuación y conclusión del trámite.
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