Se considera clubes de música en vivo y/o establecimientos donde se ejecute música y/o canto en carácter de actividad principal, que posean una capacidad máxima de hasta trescientos (300) espectadores y una superficie no mayor a 500 metros cuadrados.
Para iniciar el trámite de registro, se deben descargar y completar los formularios de Registro que se encuentran en la sección Registro de Clubes de Música en vivo y/o Establecimientos.
Una vez completados los formularios correspondientes, deberán presentarlos en la mesa de entradas de BA Música, sita en Av. de Mayo 575, 4 Piso, Oficina 408 y de lunes a viernes, de 10 a 15 horas.
Toda la documentación deberá presentarse en soporte magnético (cd / dvd o pendrive), escaneada con la firma del solicitante donde corresponda.
Si vas a solicitar el registro como músico solista, es posible realizarlo en forma simultánea con tu presentación de solicitud de subsidio, durante la convocatoria correspondiente, y a través de la plataforma de Tramitación A Distancia (TAD). En caso de optar por esta vía, no es necesario presentar los formularios de manera presencial.
Para saber más sobre este trámite, actualización al Registro y exenciones impositivas, podés ingresar a Registro BA Música.
Por consultas, comunicate al 4323-9400 (Interno: 7933/7930), o escribí a: bamusica@buenosaires.gob.ar.
Av. De Mayo 575 - 4º Piso - Of. 408
Lunes a viernes
10 a 15 hs