Con el fin de mejorar la Fiscalización y Control de la obras de la Ciudad de BuenosAires, se establecen nuevos procedimientos de control en las etapas de excavación y demoliciónoptimizando así la labor que cumplen los Representantes Técnicos de las Empresas Demoledoras y Excavadoras.
El Representante técnico completará el Formulario que corresponda según la tarea a realizar y el avance de la misma (Acta de Inicio –Informe Técnico – Reporte Final).
Acta de Inicio: dicho documento y el plan de trabajo correspondiente deberá ser suscripto en forma conjunta por el Director de la Obra y el Representante Técnico de la Empresa Demoledora y/o Excavadora. La misma debe glosarse al libro de órdenes y servicios de la obra.
Informe Técnico: deberá acompañarse crédito fotográfico que avale la secuencia de demolición/excavación detallada. El mismo debe glosarse al libro de órdenes y servicios de la obra a disposición de los inspectores.
Periodicidad del Informe Técnico: la periodicidad planteada se considera como pauta mínima de cumplimiento y podrá ser modificada en caso de considerarse la necesidad de un mayor control.
Resultará obligatorio tener dicha documentación a disposición de los requerimientos de esta Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, glosada al libro de órdenes y servicios de la obra.
En este nuevo Procedimiento se establecen herramientas de control, estipulando la obligatoriedad del Representante Técnico de la Empresa Demoledora y/o Excavadora, de confeccionar un acta deI inicio (el cual será refrendado por la Dirección de la Obra), Informes Técnicos de cumplimiento periódico (de acuerdo a la envergadura de la demolición y la excavación) y un Reporte Final, donde se dará cierre a la tarea de la Empresa Demoledora y/o Excavadora para la tarea designada.
En el caso que se delegue la representación técnica a otro profesional, este deberá ser de la misma categoría de quien delega, debiendo formalizar esta situación mediante la suscripción del Director de Obra, el Representante Técnico de la empresa excavadora y el profesional delegado con su correspondiente Encomienda Profesional. Estos documentos debe estar a disposición, junto con la documentación de la obra, para ser facilitada durante el acto inspectivo.
Ante cualquier consulta, podrás realizarla al mail: directordeobra@buenosaires.gob.ar.
Ley 6100
Código de edificación.
Anexo I Disposición 2019 - 1014 - GCBA – DGFYCO
Cuadros de periocidad Acta de Inicio – Informe Técnico – Reporte Final.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Lunes a viernes
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