Con el usuario y contraseña, deberás ingresar al sistema donde podrás visualizar la información de los elevadores que fueron denunciados por los propietarios como conservados por esta empresa. A partir de la información obtenida, debés aceptar o rechazar la conservación de los elevadores mencionados.
El plazo para aceptación o rechazo de los elevadores visualizados en la bandeja de cada conservador será de diez días hábiles. La empresa contará con tres opciones:
La empresa conservadora deberá seleccionar del listado que facilita el sistema los representantes técnicos que trabajan para ella. Dichos profesionales previamente son validados por los Consejos Profesionales, obteniendo su clave de acceso al sistema para luego cargar los correspondientes informes.
La Empresa Conservadora es responsable de mantener actualizada la información solicitada en la presente, debiendo declarar en un plazo de 10 días hábiles cualquier modificación que ocurriera. Su incumplimiento la hará pasible de sanciones y/o penalidades.
Ley 6100 art. 5.17
Código de edificación.
Resolución Nº 412-AGC-2019
Reglamentación Título V Código de Edificación.
Resolución Nº 412-AGC-2019 - ANEXO II
Conservación de los medios mecánicos de Elevación.
Manual del usuario del administrador de instalaciones registradas.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941
Lunes a viernes
8.30 a 13.30 hs