Leyes y decretos sobre donación de órganos

Marco legal por el cual se rige el Instituto de Trasplante de la Ciudad de Buenos Aires.

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El Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue creado por la Ley N° 3294/09. Es el organismo dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, responsable de coordinar, regular y desarrollar todos los procesos de donación y trasplante de órganos y tejidos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a la Ley 27447.

Leyes, decretos y resoluciones nacionales sobre trasplante de órganos


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16 de enero del 2019

A través del Decreto 16/2019 publicado en el Boletín Oficial fue aprobada la Reglamentación de la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células Nº 27.447.

La reglamentación reafirma los derechos de pacientes en lista de espera y trasplantados; describe los servicios de procuración que se crearán en los Hospitales, pone de relevancia la importancia de la capacitación, reafirma que el Sistema Público de Salud cubrirá los gastos a los pacientes que no posean cobertura y describe cómo realizar la constatación de manifestación hacia la donación de órganos o tejidos.

La Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, Nº 27.447, entró en vigencia el 4 de agosto de 2018; contó con la aprobación por unanimidad en ambas Cámaras del Congreso de la Nación.

La norma fortaleció el sistema de procuración y agilizó y simplificó los procesos de donación y trasplante, contribuyendo a alcanzar en 2018 una marca histórica en donantes y trasplantes para nuestro país.

Por ley de la Legislatura porteña, la Ciudad de Buenos Aires se incorporó a la norma nacional que otorga prestaciones y beneficios especiales para las personas que recibieron trasplantes de órganos y para los que están en lista de espera.

Más información: Se reglamentó la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células


27 de abril del 2017

El Cuerpo Parlamentario aprobó el proyecto de adhesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Ley Nacional 26.928, que crea el régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante, inscriptas en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante, y para quienes se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA).

La norma establece diversas prestaciones y beneficios a fin de reducir las desventajas y perjuicios que tales personas deben enfrentar como consecuencia de su patología. En el ámbito sanitario, se prevé que sea el Estado y las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, y entidades de medicina prepaga, quienes asuman la obligación de suministrar el 100% en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de la salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante.

En las relaciones laborales, ya sea en el ámbito público como privado, y en relación a la exigencia de los exámenes pre-ocupacionales, se prohibe como causal de impedimento para el ingreso o permanencia de una relación laboral el ser trasplantado, donante relacionado o encontrarse inscripto en lista de espera del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) con indicación médica de trasplante.

"Las personas trasplantadas hacen un gran esfuerzo físico y psíquico para adaptarse a sus nuevas condiciones de vida, tanto desde el punto de vista biológico, psicológico como social. Las dificultades o la imposibilidad de desempeñar sus roles laborales y sociales constituyen un factor que aumenta el estrés de las personas trasplantadas. De ahí la importancia de esta Ley Nacional, que apunta a proteger los derechos de las personas trasplantadas teniendo una visión integral y dignificante de la calidad de vida humana", argumentó en los fundamentos el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, que obtuvo despacho de la Comisión de Salud, que preside la diputada Victoria Roldán Méndez (PRO).

Al hablar en el recinto, Roldán Méndez consignó que la sanción de esta ley incluye hoy a unas 8.000 personas beneficiadas en la Ciudad de Buenos Aires.

Por otra parte, se declaró de Interés Sanitario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al 1er. Congreso Argentino de Trasplante de Médula Ósea en conjunto con el 2do. Congreso Latinoamericano de la especialidad; que se llevará a cabo el 18 y 19 de mayo del corriente año en el Sheraton Libertador Hotel de la CABA. Concurrirán más de 300 profesionales nacionales y de países latinoamericanos, incluyendo a especialistas en hematología, medicina interna, infectología, medicina transfusional y otras. La diputada Carmen Polledo impulsó la iniciativa junto a su par Francisco Quintana (PRO).

A su vez, por impulso de la diputada Victoria Roldán Méndez (PRO) se aprobó una declaración para adherir al "Día de la Donación de Órganos y Tejidos", el próximo 30 de mayo, y apoyar todas las actividades que se desarrollen en ese marco.

Fuente: Incucai