Código de Ética y Conducta FACOEP SE

Describe los valores y prácticas que FACOEP SE como sociedad del Estado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se compromete a seguir.

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1. Introducción

El Código de Ética y de Conducta constituye una herramienta y reafirma el compromiso de aplicar los más altos estándares éticos en toda sus actividades.

Cada integrante de la sociedad debe actuar con integridad y de conformidad con los valores que nos rigen. FACOEP SE considera que los métodos utilizados para obtener resultados son tan importantes como los resultados mismos.

La totalidad del personal de FACOEP SE debe conocer y aplicar este Código de Conducta y Ética, así como las Políticas y Procedimientos relacionados con el mismo.

Ninguna persona que forme parte de la Sociedad posee la autoridad suficiente para hacer excepciones o para otorgar dispensas. Ninguna situación justifica el apartamiento voluntario de los principios consignados en este Código de Etica y de Conducta.

2. Valores

  • 1. FACOEP SE privilegia el compromiso de sus empleados en respetar los derechos del/los otro/s trabajadores y personas en general, en el marco de una cultura inclusiva y de trabajo en equipo.

  • 2. Existe un compromiso de integridad en todos sus aspectos, como de honestidad en cada una de sus tareas y compromisos tanto humanos como laborales.

  • 3. FACOEP SE Se compromete con una fuerte vocación de servicio orientada a satisfacer las necesidades de nuestros usuarios y clientes y un desarrollo sostenible de las operaciones de los servicios de salud, preservando el cuidado del medio ambiente.

  • 4. FACOEP SE se compromete con una capacitación permanente de su

personal para para brindar un servicio de calidad y garantizar el desarrollo personal de sus empleados.

3. Marco Normativo

FACOEP SE es una Sociedad del Estado, creada por la Ley 5.622 sancionada y promulgada en el 2017.

La sociedad tiene por objeto colaborar en el fortalecimiento y mejora del Sistema Público de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nuestro marco normativo lo componen las disposiciones de la Ley Nacional Nro.:

  • 20.705 “Sociedades del Estado”
  • Ley N° 70 “Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad”
  • Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” (textos consolidados por Ley N° 5.666)
  • Ley 24.156 “Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”
  • Ley N° 19.550 “Ley de Sociedades comerciales” y subsidiariamente por el Código Civil y Comercial de la Nación.

¿Qué es una sociedad del Estado?

Es una entidad descentralizada que cuenta con patrimonio y personalidad jurídica propia y se caracteriza por ser íntegra y expresamente estatal, pero sujeta al derecho privado.

Características de FACOEP SE, Sociedad del Estado del GCBA

  • Pertenece al Sector Público Nacional.
  • Fue creada por Ley.
  • Es un sujeto de derecho.
  • Cuenta con patrimonio propio.
  • El capital está constituido por fondos públicos (no recibe aportes de privados).
  • No puede ser declarada en quiebra.
  • Se rige por el derecho privado en lo que refiere a sus actividades y por el derecho público en sus relaciones con la administración.

Relación de FACOEP SE con el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires

FACOEP SE fue creada en la órbita del Ministerio de Salud del GCABA. EL Capital Social se encuentra representado por Certificados Nominativos propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Ministerio recibe información anualmente a través de la Asamblea Ordinaria que al efecto se convoca, y periódicamente mediante los informes que la gestión requiere.

Reconocemos el valor de nuestro accionista, el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las potestades delegadas en nuestra Sociedad. En función de ello, retribuímos la confianza mediante una gestión eficiente, eficaz y transparente conforme a nuestros valores.

3. Relación con el Directorio

FACOEP SE, como sujeto de derecho, cuenta con: Directorio compuesto por un número de 5 (cinco) miembros que fija la Asamblea. Uno de ellos se desempeña como Presidente, los otros cuatro (4) como Directores Titulares debiendo al menos uno (1) ser médico de la Red Integral de Cuidados Progresivos del Subsector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, se contará con cuatro (4) Directores Suplentes Ad Honorem.

El funcionamiento del Directorio se rige por los principios establecidos en el Estatuto de la Sociedad, teniendo amplias facultades para organizarla, dirigirla y administrarla.

Resulta responsabilidad primaria del Directorio ejercer la dirección y la administración de la empresa en relación a la concreción de su objeto social, actuando con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios.

A los fines antes indicados, resultan acciones de competencia del Directorio:

  • Cumplir la función administrativa: realizar y ejecutar todas las operaciones sociales tendientes al manejo interno de la empresa.
  • Cumplir la función representativa: por imposición legal y estatutaria la representación de la Sociedad es ejercida por el Presidente del Directorio.
  • Cumplir la función operativa: facultad decisoria en aquello que resulte de una actividad de la Sociedad tendiente al cumplimiento de su objeto.
  • Cumplir la función de gestión empresarial: realizar las actividades tendientes a la organización, conservación y desarrollo de la Sociedad.
  • Cumplir la función de cogestión societaria: participar en el funcionamiento de la organización societaria.

4. Relación con Órgano Contralor

La fiscalización de la Sociedad, permite una ejecución certera de los objetivos propuestos por la empresa.

Conforme lo define nuestro Estatuto, la fiscalización de la Sociedad se ejerce por un Síndico que designa la Asamblea. Es su responsabilidad efectuar un control de legalidad respecto del cumplimiento por parte del Directorio de las disposiciones de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los sistemas de control por parte del Sector Público Nacional, la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales y sus modificaciones, el estatuto social y las decisiones asamblearias y del órgano de administración.

5. Relación con el Personal Jerárquico

La Resolución de FACOEP SE conformada por la reunión de Directorio N° 1, creó una estructura organizacional flexible a fin de brindar respuestas ágiles y coordinadas para la correcta prestación, de forma segura, ordenada y eficaz del servicio público.

Esta estructura debe ser un vehículo para garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia en la prestación del servicio.

Son funciones de los Gerentes: dirigir, coordinar, controlar y gestionar los aspectos tanto operativos como corporativos de la empresa, en lo que hace a la prestación del Servicio, como en el orden administrativo, patrimonial, económico, financiero, jurídico y de los recursos humanos Los gerentes, además de tener las responsabilidades como empleados de la Sociedad, poseen el deber adicional de liderar con el ejemplo a efectos que la Sociedad cumpla con los más altos estándares éticos.

6. Relación con nuestros empleados

El proceso de selección de nuestros empleados y desarrollo profesional dentro de la empresa, responde a criterios objetivos de idoneidad, desempeño y mérito profesional.

Se procura un ámbito de trabajo ameno y de cooperación para el desarrollo de sus potencialidades, en el marco de respeto que debe regir entre pares y con el empleador.

Se compromete a promover condiciones de trabajo dignas que procuren el equilibrio entre la vida profesional, personal y familiar de todos los empleados.

Poseemos una visión diversa e inclusiva y procuramos la aplicación de políticas anti discriminación, de visión pluralista.

En el entendimiento de que la equidad de género es un componente importante en el proceso de desarrollo económico, integración social y consolidación de las sociedades más democráticas, FACOEP SE. está comprometida con posibilitar la participación efectiva de las mujeres en los servicios, como así también, en incorporar perspectiva de género en las acciones que se adoptan.

Tratamiento sobre actos contra la intimidad, discriminación y acoso laboral.

Desde el inicio del proceso de selección del personal, durante la vigencia del contrato o con vista a su disolución, FACOEP SE está comprometida con eliminar cualquier trato discriminatorio o desigual fundado en opiniones políticas, ideológicas, religiosas, gremiales, culturales, de preferencia sexual, estado civil, edad, nacionalidad, raza, etnia, condición social y/o caracteres físicos u otras distinciones.

La Sociedad apoya la eliminación de las prácticas de discriminación en el empleo.

7. Relación con Proveedores

FACOEP SE prioriza el trato con proveedores que ajusten sus comportamientos a estándares éticos y apego a la ley.

En cumplimiento con nuestros valores, FACOEP SE promueve en la gestión de compras y contrataciones, la implementación de una política de integridad a efectos de que los proveedores ajusten su conducta a principios éticos en su vinculación con la Sociedad y no incurran en prácticas de corrupción, fraudulentas, anticompetitivas u obstructivas.

FACOEP SE realiza sus contrataciones en el marco de su procedimiento de Compras y Contrataciones, el que se ajusta a los más altos estándares de transparencia. El objetivo de dicho reglamento es establecer la operatoria para la contratación y/o adquisición de bienes, obras o servicios por parte de la Sociedad.

Toda contratación de FACOEP SE deberá ajustarse a los siguientes principios:

Razonabilidad:Debe existir una estrecha vinculación entre el objeto de la contratación y el interés comprometido.

Eficiencia y eficacia: Los bienes o servicios deben reunir los requisitos de calidad, precio, entrega y ejecución en las mejores condiciones para su uso final.

Concurrencia e igualdad: Se garantiza la participación y acceso, en toda contratación, en condiciones semejantes para todos los oferentes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.

Libre competencia: Se fomenta en toda contratación la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de oferentes potenciales.

Transparencia:Las contrataciones se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia basada en la publicidad y difusión de las actuaciones.

Publicidad y difusión: Es el presupuesto necesario para asegurar la libertad de concurrencia suscitando la máxima competencia posible, garantizando la igualdad de acceso a la contratación y la protección de los intereses económicos de EANA S.E.

Sustentabilidad. Se promoverá la adecuada y efectiva instrumentación de criterios ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones.

Economía. Se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección, en los acuerdos y resoluciones recaídos en ellos, evitándose exigencias y formalidades costosas e innecesarias.

8. Vínculo con la comunidad

La Sociedad apoya y respeta la protección de los derechos humanos fundamentales reconocidos tanto interna como internacionalmente, dentro del ámbito de su competencia.

La Sociedad mantiene un enfoque preventivo para favorecer el cuidado del medio ambiente; impulsar el desarrollo y difusión de tecnologías que lo respeten y fomentar todas aquellas iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

FACOEP SE está comprometida en la realización de continuos esfuerzos para no perjudicar el medio ambiente ambiente a través de sus operaciones.

A fin de desarrollar nuestras actividades en armonía con el medio ambiente, nos comprometemos a:

Cumplir con la legislación ambiental de la República Argentina, así como de toda otra norma de aplicación regional e internacional derivada del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado.

Mantener la comunicación y solicitar la participación en materia de cuidado del medio ambiente y desarrollo sustentable de todas las partes interesadas en las actividades y servicios que presta la Sociedad,

9. Incumplimiento al Código de Ética - Denuncias

El incumplimiento del Código de Ética, así como de las Políticas y Procedimientos relacionados con el mismo, genera serias consecuencias. Las violaciones o la falta de apego a estas obligaciones pueden hacer pasible a quien las incumpla, cualquiera sea su rango dentro de la Sociedad, de acciones disciplinarias e incluso ser despedido, sin perjuicio de las acciones legales que resulten aplicables tanto al empleado como a la Sociedad.

Cualquier empleado de FACOEP SE, que tome conocimiento o sospeche que se ha violado el Código de Ética o sus principios, debe comunicar inmediatamente tal situación al Comité de Ética a través de alguno de los canales dispuestos por FACOEP SE para la formulación de las denuncias:

  • Correo electrónico a la dirección
  • Carta dirigida al Comité de Ética

Aquel empleado que, actuando de buena fe, formule una denuncia en los términos antes expuestos, no será sancionado ni se tomarán represalias algunas en su contra. Más aún, aquél que hostigue a quien ha formulado la denuncia se enfrenta a las acciones disciplinarias que correspondan.

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