Procedimientos Operativos del CCE
Comité Central de Ética en Investigación.
La organización y el funcionamiento del Comité Central de Ética en Investigación están establecidos en la Resolución 1922/MSGC/15 y sus anexos: Anexo I- POE del CCE y Anexo II – Acuerdo de confidencialidad.
Todas las instancias de acreditación, se realizan de acuerdo con la Resolución 1376-MSGC/2018 y sus anexos
Aquellas instituciones de CABA que no posean un CEI acreditado por el CCE, deben subrogar la evaluación de las investigaciones que se realicen en las mismas, en un CEI acreditado, de acuerdo a lo establecido en la Disposición 152/DGDIYDP/20
El CCE tiene a su cargo el control del funcionamiento de los CEI que ha acreditado. Para ello, utiliza los procedimientos establecidos en la Disposición 86-DGDIYDP/2020 y sus anexos
Durante los procesos de supervisión o acreditación, podrían surgir incumplimientos a la normativa vigente por parte de los CEI. A fin de categorizar la gravedad de dichos incumplimientos, el CCE ha establecido pautas por medio de la Disposición 404-DGDIYDP/2019
En el caso que existan dictámenes disímiles con respecto a un mismo proyecto de investigación, el CCE podrá intervenir de acuerdo con lo establecido en la Disposición 81-DGDIYDP/2020
El CCE tiene a su cargo el registro de todas las investigaciones que se llevan a cabo en la Ciudad de Buenos Aires. Para ello a creado una Plataforma de Registro Informatizado de Investigaciones en Salud (PRIISA.BA) por medio de la Resolución 1679-MSGC/2019 y anexo y la Disposición 337-DGDIYDP/2019
Las instituciones cuyos CEI estén acreditados y que determinen el cese de actividades de los mismos, deberán cumplimentar el proceso de cierre establecido en la Disposición 73-DGDIYDP/2020
Para descarga de formularios acceder a Documentos de trabajo