Seguros en investigaciones referidas a plasma de convalecientes en efectores públicos

Eximición en la contratación de seguro de responsabilidad civil - Investigaciones que tengan por objeto evaluar la eficacia y seguridad del plasma de convalecientes en pacientes infectados con COVID-19

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El Ministerio de Salud ha resuelto, en el marco las competencias otorgadas a través del Art. 5 inc. 18 de la Ley 3.301, eximir el seguro de responsabilidad civil como requisito obligatorio para las investigaciones que tengan por objeto evaluar la eficacia y seguridad del plasma de convalecientes en pacientes infectados con COVID-19, siempre que sean desarrolladas en efectores pertenecientes al GCBA y cuenten con patrocinio estatal y/o no posean ningún tipo de financiamiento privado.

Esta medida se ha dispuesto teniendo en cuenta la existencia del Plan estratégico para regular el uso de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 en todo el país (aprobado a través de la Resolución N° 783/2020 del Ministerio de Salud de la Nación) y en virtud del interés y relevancia que cabe atribuir este tipo de proyectos en el marco de la emergencia sanitaria decretada a través del DNU Nº 1/20 (prorrogado a través del DNU Nº 8/20).

Para todo el resto de las investigaciones, rige la obligatoriedad en la contratación del seguro, conforme establece el derecho vigente.


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Resolución Nº 1506/MSGC/20 »