Miércoles 14 de Septiembre de 2016

Quiénes deben realizar la VTV obligatoria desde octubre

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) será anual para todos los autos que superen los tres años de antigüedad o los 60.000 kilómetros, además de las motos a partir de los 365 días.

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La Verificación Técnica Vehicular (VTV) será obligatoria para todos los autos y motos radicados en la Ciudad a partir de octubre, tras la puesta en marcha de las 7 plantas habilitadas para el trámite. Deberán realizarla anualmente todos los automóviles que superen los 3 años de antigüedad, o los 60.000 kilómetros, y las motos a partir del año.

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La VTV será optativa para los que estén registrados en otras localidades.

El costo del trámite es de 680 pesos para autos y 255 pesos para motos.

Se estima que alrededor de 800.000 vehículos realizarán la VTV durante el primer año.

Actualmente, el trámite es obligatorio sólo para vehículos de transporte de pasajeros y de carga de uso privado y comercial.

Los objetivos de esta medida son establecer un sistema de control y sanción que mejore la seguridad vial y la calidad del medio ambiente, controlar que los vehículos cumplan las normas de seguridad correspondiente y los papeles al día, y reducir los índices de siniestralidad vial asociados a las fallas mecánicas de los vehículos, a las que generalmente se les atribuye el 5% de los siniestros.


Cronograma y plantas habilitadas

Las fechas asignadas para efectuar el control estarán determinadas según el número de terminación de la patente:

  • 0: Octubre
  • 1: Noviembre
  • 2: Febrero
  • 3: Marzo
  • 4: Abril
  • 5: Mayo
  • 6: Junio
  • 7: Julio
  • 8: Agosto
  • 9: Septiembre

Diciembre y enero no tienen asignado ningún número específico porque serán los meses en que podrán hacer la VTV aquellos que no hayan podido realizarla en el mes correspondiente.

Una vez aprobada la verificación se otorgará un certificado, donde constará el informe detallado de la verificación realizada, y se emitirá una oblea que será adherida por personal técnico en el vidrio parabrisas del vehículo.

Si el titula extravía el certificado, se rompe el parabrisas o se daña/pierde la oblea, deberá presentarte en la planta donde realizó la VTV con denuncia o exposición policial de la pérdida y, en el momento, se te repondrá la documentación por un costo de 75 pesos.


Las plantas de verificación habilitadas están ubicadas en:

  • Av. Vélez Sarsfield 566 – Barracas

  • Calle Santa María del Buen Aire 1001 - Barracas

  • Calle Herrera 1995 – Barracas

  • Calle Tronador 115/151 – Paternal

  • Calle Osvaldo Cruz 1711 – Barracas

  • Av. 27 de Febrero 5483 – Pompeya

  • Calle Donado 973- Villa Ortúzar

Tipos de control

El sistema de revisiones técnicas vehiculares tendrá dos modalidades:

Verificación Técnica Obligatoria (VTO): se hará una vez por año en las Estaciones de Verificación. Excepción: los cero kilómetro que deberán comenzar a realizar a los tres años de su patentamiento, a menos que hayan alcanzado los 60.000 kilómetros antes de ese período. Esto no incluye a las motos.

Controles aleatorios: se trata de revisiones técnicas rápidas y aleatorias a cargo de 10 unidades móviles dispuestas en las calles las 24 horas.

¿Qué se controlará?

  • Emisión de gases.
  • Emisión de ruidos.
  • Sistema de dirección y tren delantero.
  • Sistema de frenos.
  • Chasis.
  • Neumáticos.
  • Luces.
  • Seguridad y emergencia.
  • Documentación del vehículo.
  • Sistema de suspensión.

Si un vehículo no aprobara el control técnico, tendrá un plazo de 60 días para hacer las reparaciones y realizarlo nuevamente en forma gratuita.

Para poder circular en la Ciudad de Buenos Aires, los conductores deberán portar el certificado vigente que acredite haber cumplido con la VTV.

Según la Ley de Faltas 451, no portar el certificado equivale a una infracción de 150 Unidades Fijas ($975), mientras que la multa asciende a 600 UF ($3900) si el vehículo nunca hizo una verificación o si la misma está vencida.


Vehículos sobre los que se aplicará:

  • Automóviles de uso particular.
  • Motos.
  • Triciclo con motor.
  • Cuatriciclos.
  • Casas rodantes.
  • Tráilers.
  • Otros (son todos los vehículos que no pasan por SACTA o por CENT*).


Exentos al pago de VTV:

  • Jubilados o pensionados, o mayores de sesenta y cinco (65) años en todos los casos cuyos ingresos regulares no superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Discapacitados que posean un vehículo con adaptaciones especiales relacionadas con su discapacidad, sin importar el valor del mismo.
  • Discapacitados que posean un vehículo sin adaptaciones especiales cuyo valor sea menor al doble del mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos en la Ciudad de Buenos Aires.