Viernes 08 de Abril de 2016

La AGC anuncia nuevas implementaciones para cafés, bares y restaurantes

Estos locales podrán ampliar la capacidad con el registro o brindar shows en vivo con una solicitud por única vez.

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La iniciativa permite adaptar la realidad actual a las actividades comerciales nocturnas que se realizan en la Ciudad de Buenos Aires. Para ello es necesario que los bares que obtengan la habilitación como tal, sean inscriptos en el Registro de Bares.

Los locales actualmente habilitados como café, bar, restaurante, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, whisquería, cervecería o afines podrán inscribirse siempre que cumplan con los requisitos edilicios y posean el informe técnico correspondiente.

De esta manera los establecimientos podrán beneficiarse triplicando su capacidad, permitiendo así ampliar su coeficiente de ocupación actual que es de 1 persona /3 m2 pasando a 1 persona por m2. Para ello, se requerirá la presentación de una Declaración Jurada adicional realizada por profesional certificante.

¿Cómo inscribir tu bar al Registro de Bares?

Deberás presentar la documentación necesaria ante la mesa de entradas de la Agencia Gubernamental de Control (Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941), de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 13.30hs. Tanto para la inscripción como para la renovación anual el trámite podrá realizarlo el titular con DNI o el apoderado con DNI y poder original o copia certificada.

Para más información ingresá al siguiente link: http://buenosaires.gob.ar/tramites/registro-de-bares-inscripcion-renovacion

Además, quienes quieran contar con música en vivo podrán solicitar el permiso por única vez según la ordenanza N° 24.654/69. La misma permitirá shows en vivo de 20 a 2 hs.

Este es un permiso no transferible y deberá contar con la inspección previa que determinará el otorgamiento del mismo para el inicio del funcionamiento.