Miércoles 26 de Abril de 2023

Convocatoria a Audiencias Públicas

El 14 de junio en la Legislatura porteña a partir de las 13 horas

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El Vicepresidente Primero a cargo de la Presidencia de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Emmanuel Ferrario, convoca a las siguientes Audiencias Públicas bajo la modalidad mixta:

FECHA: 14 de junio de 2023

LUGAR: En la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú N° 160 y mediante la plataforma digital “Zoom”.

13:00 horas
Con el objeto de que los interesados expresen las opiniones que consideren pertinentes con relación a la Ley inicial publicada en el BOCBA N°6591 del 30 de marzo de 2023, referente al Expediente N° 3115-J-2022 por la cual: Artículo 1º.- Otórgase a la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. el permiso de uso a título precario y gratuito por el término de veinte (20) años, respecto del espacio bajo rasante de la escalinata de acceso a la terraza del Parque Micaela Bastidas (Ordenanza N° 52.180), inmueble sito en la intersección del Boulevard Rosario Vera Peñaloza y Calabria identificado como objeto territorial t1, Manzana 1U, Sección 98, conforme plano característica 43-C-2021, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Art 2º.- La permisionaria destinará el inmueble identificado en el artículo 1º de la presente como sede de sus oficinas institucionales para el desarrollo de sus actividades conforme su objeto social y no podrá, bajo ningún concepto, modificar el destino asignado. Art 3º.- La permisionaria se obliga a mantener el inmueble en perfecto estado de conservación e higiene, quedando facultada para realizar las mejoras necesarias para el cumplimiento de sus fines. Art 4°.- La permisionaria tendrá a su cargo el pago de impuestos, tasas y contribuciones que corresponden al uso del inmueble. Asimismo, deberá contratar por su cuenta y cargo, seguros laborales, de incendio y de responsabilidad civil por daños a terceros, los que endosará a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo mantener dicha cobertura durante la vigencia del presente permiso. Art 5°.- La permisionaria será responsable por todos los daños que su personal a cargo y/o terceros pudiesen sufrir en sus personas y/o en sus bienes, en razón del uso del inmueble y deberá mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante toda acción y/o reclamo en su contra que esté fundada en dichos daños. Art 6°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá revocar el permiso, fundado en razones de interés público, oportunidad, mérito o conveniencia y/o en caso de incumplimiento de lo previsto en la presente ley, para lo cual deberá notificar a la permisionaria con un plazo de antelación mínimo de sesenta (60) días corridos. Art 7°.- La restitución del inmueble al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 1° de la presente o revocación, incluye todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado sin que ello implique derecho alguno o reclamo por compensación, ni de indemnización a favor de la permisionaria. Art 8°.- La afectación del inmueble a un destino distinto o el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente dará lugar a la revocación del permiso que con carácter precario se ha otorgado, sin que ello genere derecho a indemnización alguna. Art 9°.- La Dirección General Administración de Bienes o el organismo que en el futuro la reemplace, en su carácter de Autoridad de Aplicación y Control, podrá realizar en cualquier momento las comprobaciones e inspecciones que considere necesarias con el fin de fiscalizar el estado y el destino otorgado al inmueble identificado en el artículo 1º de la presente, el estado del mismo y el cumplimiento del Permiso de Uso Precario y Gratuito otorgado. (Ver Anexo I de la Ley Inicial en el BOCBA N°6591 del 30 de marzo de 2023, referente al Expediente N° 3115-J-2022).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 12/05/2023

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 9/06/2023  a las 13:00 hs.

14:00 horas
Con el objeto de que los interesados expresen las opiniones que consideren pertinentes con relación a la Ley inicial publicada en el BOCBA 6599 del 13 de abril de 2023, referente al Expediente N° 3137-P-2022  por la cual: Artículo 1º.- Prorrógase el plazo previsto en el art. 1° de la Ley 4887 por el término de diez (10) años una vez que ésta pierda vigencia.

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 12/05/2023
Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 9/06/2023  a las 14:00 hs.


Inscripción de Participantes: A través del sitio web participacion.legislatura.gob.ar al cual puede accederse a través del sitio oficial de la Legislatura de la Ciudad. Asimismo podrán inscribirse personalmente en la DG. de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Perú 160. Primer Piso Oficina 110, teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 17 hs. Es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica por mail a pciudadana@legislatura.gob.ar /p.ciudadanalegislatura@gmail.com  o personalmente en la oficina antes mencionada. La presentación de documentación vinculada con la inscripción, junto con toda pregunta o manifestación por escrito, podrá hacerse personalmente ante el organismo de implementación o a través de medios telemáticos, por medio de un correo electrónico dirigido a las direcciones antes mencionadas.

Público en General: Las Audiencias se realizarán en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú N° 160, y su vez, serán transmitidas en vivo a través del canal oficial de la Legislatura de la plataforma www.youtube.com: www.youtube.com/legisCABA o  www.youtube.com/LegisCABA2. 

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: En el sitio web participacion.legislatura.gob.ar. Alternativamente, se podrá solicitar una copia digital por correo electrónico, debiendo enviarse tal solicitud a pciudadana@legislatura.gob.ar y a p.ciudadanalegislatura@gmail.com. Asimismo, el expediente estará disponible en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Perú N° 160.

Informes: DG. de Gestión y Participación Ciudadana: pciudadana@legislatura.gob.ar o p.ciudadanalegislatura@gmail.com  o al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 17 hs.

Autoridades de la Audiencia: El presidente de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 11° de la Ley Nº 6,(texto consolidado por Ley Nº 6.588) modificada por la Ley N° 6.629.