Jueves 11 de Septiembre de 2014

Convenio para optimizar inspecciones

Con el objetivo de optimizar la utilización de disponibilidades de agentes y técnicas, firmamos un acuerdo Cooperación Inspectiva, Capacitación Laboral y la implementación del Registro Único Público y Unificado de Agencias de Modelaje (Ley 4446).

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El día 2 de septiembre celebramos un acuerdo sobre Cooperación Inspectiva, Capacitación Laboral y la implementación del Registro Único Público y Unificado de Agencias de Modelaje (Ley 4446), la firma fue entre la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio y la Asociación Modelos Argentina (A.M.A.). El objetivo es optimizar la utilización de las disponibilidades de agentes y técnicas.

Se acordaron puntos relativos a la Cooperación Inspectiva consistentes en la integración de dos equipos de inspección conjunta, las cuales planificarán y coordinarán la realización de los actos de inspección que se desarrollarán en cumplimiento del programa acordado. Asimismo, la A.M.A. se compromete a prestar la colaboración necesaria para que los trámites de las denuncias se lleven a cabo de conformidad con lo dispuesto por la legislación nacional y por la ley 265 CABA y resoluciones o disposiciones concordantes, dictadas por la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad.

Los equipos de inspección cumplirán su cometido en todos los establecimientos, ámbitos y las locaciones donde se desarrollen actividades que incumban a la representatividad de la A.M.A, en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, utilizando el procedimiento protocolizado de la Administración del Trabajo, y actuarán en conformidad con lo dispuesto en las leyes 25212 y 265 del GCBA y concordantes.

En relación a la Implementación del Registro Único Público y Unificado de Agencias de Modelaje, la Dirección General de Empleo y la A.M.A. coordinarán esfuerzos a través de sus respectivos equipos técnicos a fin de avanzar en la generación de una propuesta de implementación del registro creado por la Ley 4.446.

En cuanto a la Capacitación Laboral, ambas partes se obligan a realizar acciones de capacitación conjunta, dirigida a trabajadores, y empleadores de la actividad, relativas a la normativa laboral, de la seguridad social, y de la prevención de los riesgos del trabajo, aportando la A.M.A. todo lo atinente a la publicidad, lugar de realización y los elementos necesarios para llevar adelante la capacitación.