Con el objeto de acortar plazos y eficientizar el proceso de retiro de vehículos abandonados en la vía pública en el marco de la Ley N° 342, la Secretaría de Transporte y la Secretaría de Descentralización firmaron la Resolución RESFC-2016-1-SECTRANS.
Esta normativa autoriza a los inspectores de las Comunas, a ejercer de manera concurrente el control de los vehículos abandonados en la vía pública dentro de su respectiva jurisdicción territorial, conforme a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 342, realizando la primera intimación y el acta de constatación del deterioro del vehículo junto con el labrado del acta de infracción correspondiente a la falta prevista en el artículo 1.3.31 de la Ley 451 “Vehículo abandonado en la vía pública”.
En este marco se realizó la capacitación a los inspectores en su nueva función a cargo de la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial.
Qué se hace ante un reclamo
• Se inspeccionan los vehículos abandonados en la vía pública denunciados por los vecinos.
• En caso de enmarcarse dentro de la ley que regula el procedimiento aplicable a los vehículos que revistan esta condición, se coloca un sticker mediante el cual se intima al dueño de dicho vehículo a retirarlo del lugar.
• Si al cabo de quince (15) días el vehículo no ha sido retirado, se lleva adelante su remoción y notificación fehaciente al titular.
• Para denunciar vehículos abandonados los vecinos deben hacerlo a través del 147.
Del proceso de mejora continua participan activamente la Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía y la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana.
Beneficios de la remoción de vehículos abandonados
• Contribución a la seguridad pública, toda vez que estos vehículos muchas veces se utilizan como escondites o lugares que facilitan el delito.
• Eficaz solución a las denuncias de los vecinos.
• Contribución al medio ambiente.
Entre otras ventajas que ayudan a hacer de nuestra Ciudad un lugar mejor.