¿Qué hacer si soy propietario de un inmueble alquilado?

Te contamos qué régimen de inscripción te corresponde en AFIP.

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Si sos propietario de un inmueble que se encuentra alquilado, tenés que cumplir con las obligaciones que te corresponden como locador.

¿En qué régimen debés inscribirte?

Para saber en qué régimen tenés que inscribirte, podés tener en cuenta los siguientes parámetros:

Régimen Simplificado (Monotributo):

  • La totalidad de tu facturación anual no debe superar $700.000.
  • No tener más de tres unidades funcionales.
  • Tener un contrato de alquiler.
  • Emitir comprobantes de factura tipo “C”.
  • Declarar los inmuebles en la presentación de Bienes Personales.

Régimen General (IVA y Ganancias):

  • La totalidad de tu facturación anual supera $700.000.
  • Tenés más de tres unidades funcionales.
  • Tener un contrato de alquiler.
  • Emitir comprobantes de factura tipo “B”.
  • Declarar las rentas en la presentación anual de Ganancias y el inmueble en Bienes Personales.

Ingresá al simulador de Afip para conocer tu situación.

¿Qué comprobantes debés emitir?

Los comprobantes a emitir dependen del régimen en el que estás inscripto.

Régimen Simplificado (Monotributo)

  • Las categorías A, B, C, D y E podrán emitir las facturas de forma manual u optar por la emisión de comprobantes electrónicos.
  • Las categorías F, G, H, I, J y K se encuentran obligadas a emitir los comprobantes de manera electrónica.

Régimen General (IVA y Ganancias)

  • Los propietarios deberán emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones de alquiler de inmuebles destinados a casa- habitación del inquilino.
  • Los propietarios que tengan en alquiler un único inmueble cuyo importe mensual no supera el monto de $1.500 tienen la obligación de emitir comprobantes.
  • Los alquileres de inmuebles destinados exclusivamente para casa-habitación del inquilino y su familia se encuentran exentos de IVA.

Conocé más sobre la emisión de comprobantes.

¿Cómo debe actuar la inmobiliaria cuando es intermediaria en un contrato de alquiler?

  • La inmobiliaria podrá emitir comprobantes en nombre del propietario, actuando como intermediaria de la operación.
  • En dichos comprobantes deberá indicar el apellido y nombres, denominación o razón social del o los propietarios y sus CUIT.