Residuos Patogénicos

La Ley N° 154 regula la generación, manipulación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de todos los residuos patogénicos provenientes de aquellas actividades que propendan a la atención de la salud humana y animal, con fines de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, estudio, docencia, investigación, o producción comercial de elementos biológicos, ubicados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Última actualización: Martes 02/01/2024 13:27hs

¿Cuáles son los requisitos?

Registro de generadores, operadores y transportistas de residuos patogénicos

Es el registro en el que deben inscribirse las personas físicas o personas jurídicas cuya actividad se vincule a la generación, operación o transporte de residuos patogénicos. La inscripción en este registro es indispensable para obtener el Certificado de Gestión de Residuos Patogénicos y contar con habilitación para funcionar en la Ciudad.

Pasos para realizar el trámite

Generadores

Inscripción web de Pequeños Generadores para trámites automáticos

  • Dentro de la figura de generador, descripta en la Ley N° 154, se considerarán pequeños generadores a aquellos que generen menos de 10 Kg/día y a todo aquel que, por las características del servicio que brinda, la autoridad de aplicación, por acto administrativo fundado, lo determine como tal.
  • Los requerimientos a cumplir por los pequeños generadores se incluyen en el Anexo VII del 706/05, a saber:
    • Se elimina la obligatoriedad del acopio de residuos patogénicos en cámara fría.
    • Se autoriza el acopio de hasta 20 kg de Residuos Patogénicos en forma simultánea.
    • El tiempo máximo de acopio será de 30 días.
  • Podrán realizar la inscripción a través de la web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, usando el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
  • Al finalizar el trámite, se emitirá el correspondiente certificado de Gestión de Residuos Patogénicos.
  • El trámite web tiene una vigencia de 3 años, luego de los cuales se deberá repetir el proceso. Del mismo modo, se deberá rehacer el trámite, en caso de producirse modificaciones en la gestión y/o generación de los residuos patogénicos declarados.

Inscripción web Para Trámites No Automáticos

  • Se realiza la inscripción a través de la web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, usando el Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
  • El trámite genera un expediente que será analizado por el área técnica/ legal correspondiente.
  • Una vez cumplimentados todos los requerimientos, se emite el correspondiente certificado de gestión de Residuos Patogénicos, el cual deberá ser pedido a apra.certificados@buenosaires.gob.ar.
  • El certificado tiene una vigencia de 3 años.

Renovación para trámites no automáticos

La renovación debe realizarse mediante una nueva solicitud de trámite, ingresando por la web a Tramitación a Distancia (TAD).

Deberá contar con usuario y clave miBA. Si tenés algunas duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, clickeá acá

Transportistas

Inscipción online, a través del Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).

La inscripción se realizará a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA) y se obtendrá el certificado en forma automática, homologando el Certificado Ambiental Anual (CAA) otorgado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o el organismo que en un futuro lo reemplace.

Listado de transportistas inscriptos

Para conocer a las empresas que ya completaron el trámite de inscripción, podés consultar el listado completo.

Operadores

Las personas físicas o jurídicas responsables del tratamiento de residuos patogénicos, deberán inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Patogénicos, en el marco de la Ley N° 154 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley N° 154: son considerados operadores de residuos patogénicos las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realicen el tratamiento de los residuos, es decir, que utilicen métodos, técnicas, tecnologías, sistemas o procesos destinados a cambiar las características o composición de los residuos patogénicos, para que éstos pierdan su condición patogénica.

Para su inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos, deben acreditar mediante Declaración Jurada la información que se indica en el archivo Protocolo de Presentación de Nueva Tecnología Residuos Patogénicos.


  • La inscripción debe realizarse a través del Sistema Público de Solicitudes de APRA (SIPSA).
  • Una vez cumplimentados todos los requerimientos, se emite el correspondiente Certificado de Gestión de Residuos Patogénicos, el cual deberá ser retirado en Mesa de Entradas, con turno previo.
  • En caso de faltar información, se enviará una cédula al mail indicado.
  • El Certificado tiene una vigencia de 3 años.

Tecnología

La autoridad de aplicación convocará a un grupo multidisciplinario de expertos que se conformará como una Comisión Técnico Asesora, en el marco del régimen de evaluación de impacto ambiental. Su función principal será asesorar sobre las técnicas, métodos o tecnologías.

La información para la presentación de Nueva Tecnología se encuentra en el archivo Protocolo de Presentación de Nueva Tecnología Residuos Patogénicos.

Realiza el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)


Costos del trámite

Costos

Gratis

Más información

Consultas

De ser necesario, pueden efectuarse consultas técnicas ingresando al Portal Web de Gestión Colaborativa del Gobierno de la Ciudad. Allí, deberás elegir la opción:

  • Consulta técnica sobre trámite de registro de residuos peligrosos, patogénicos, asbestos y aceites vegetales usados comerciales.

Normativa aplicable

La gestión de Residuos Patogénicos en la Ciudad está regulada por:


Recordá que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.


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