Jueves 15 de Agosto de 2019

Nueva reglamentación para verificaciones de obras

A partir del Nuevo Código de Edificación de la Ciudad entró en vigencia una nueva reglamentación para realizar las declaraciones de inicio, avance y finalización de obras.

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Así, mediante la Resolución 2019-118-GCABA-AGC se aprobó la reglamentación técnica correspondiente al Artículo 2.1.11 “Declaración de Inicio, Avance y Finalización de Obra” dando un detalle pormenorizado de los deberes de los directores de obra (DO) así como también de los controles que la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras (DGFYCO) realizará.

En su artículo primero se explicitan las inspecciones obligatorias según las distintas etapas de obra y se estable que los Dos deberán dar aviso y solicitar inspecciones a través del sistema “Trámite a Distancia” (TAD)

En el artículo dos, en tanto, explica que los Agentes Verificadores de Obras (AVO) cotejarán lo ejecutado en la obra en relación a los planos registrados y el cumplimiento de aquellos en lo que refiera a cuestiones de Seguridad y Protección de la Obra.

En tanto, la reglamentación, en su artículo tercero, explicita que según el tipo de obra se le asignará un Plan de Verificaciones Obligatorias de Avances de Obra que indicará la cantidad y tipo de verificaciones que se realizarán durante la ejecución de la misma. La obra podrá requerir de las siguientes verificaciones obligatorias según las características:

  • Demolición
  • Demolición Final
  • Excavación 10%
  • Excavación 50%
  • Reporte Digital de Demolición
  • Reporte Digital de Excavación
  • AVO 1
  • AVO 2
  • AVO 3
  • AVO 4

También es importante lo establecido en el artículo 6 donde se reglamenta que toda obra deberá contar obligatoriamente con un seguro de Responsabilidad Civil contra terceros Linderos y Vía Pública que deberá presentar el Director de Obra.

El mismo deberá contar con un informe de evaluación de riesgo emitido por la Aseguradora sobre los linderos y complejidad de la obra.

La Compañía de Seguros debe estar inscripta y autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

De acuerdo a los metros cuadrados, las obras deberán tener un monto para cobertura de Responsabilidad Civil. Es importante aclarar que la vigencia de la póliza se extenderá desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la total y efectiva finalización de los mismos.