La resolución establece que los establecimientos gastronómicos y/o las actividades gastronómicas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no podrán permanecer abiertos al público en la franja horaria de 02.00 a 06.00 hs.
De esta manera , se busca posibilitar a dichos comercios de ampliar el caudal de clientes, siempre con la obligación de seguir respetando los protocolos vigentes.