Extracciones

El objetivo es retirar aquellos ejemplares que hayan culminado su ciclo vital o que presenten daños y/o defectos irreversibles que puedan generar algún tipo de riesgo hacia personas y/o bienes.

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La condición para la extracción de un ejemplar debe ser definida por un Inspector de Arbolado Urbano y Espacios Verdes, quién realiza un informe técnico y se acompaña con una resolución firmada por el Presidente de la Junta Comunal.

Para compensar estas extracciones y mantener nuestro arbolado público, en simultáneo se realizan plantaciones en todas las Comunas de la Ciudad.

 

¿Cuándo corresponde extraer un árbol?

  1. Cuando el árbol esté seco.
  2. Cuando por su estado sanitario, fisiológico o por sus condiciones físicas, no sea posible su recuperación.
  3. Cuando ponga en riesgo la seguridad de las personas y/o bienes.
  4. Cuando impida u obstaculice el trazado o realización de obras públicas.
  5. Cuando constituya un obstáculo para la circulación, como por ejemplo obstaculizando una rampa o impidiendo el paso de una silla de ruedas.

Para más información sobre las extracciones realizadas en la Ciudad accedé aquí.