COVID-19

Normas relativas al MGOBGC emitidas durante la Emergencia Sanitaria COVID-19 (Coronavirus)

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Resolución Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 - modificado por la Resolución Firma Conjunta N° 8-GCABA-MJGGC/20

El Ministro de Hacienda y Finanzas y el Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, determinaron las áreas cuyos servicios son considerados esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente, entre las que se encuentra la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno.

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Resolución Conjunta N° 8-GCABA-SSSAC/20

Aprobó el “Protocolo de funcionamiento para toda dependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con Atención al Público durante la emergencia sanitaria COVID-19”.

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Decreto N° 200-GCABA-AJG/20

Aprobó el formulario que deberán completar las personas que requieran volver a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por tener aquí su residencia habitual y porque se encuentran cumpliendo el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en otra jurisdicción, como condición necesaria para que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires preste conformidad a ese desplazamiento, y, en consecuencia, solicite la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, conforme el procedimiento aprobado por la Resolución Conjunta N° 3/20 de los Ministerios de Transporte y del Interior de la Nación. Asimismo, facultó al Ministro de Gobierno a determinar e informar diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento se preste conformidad y en consecuencia, a solicitar la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, así como a modificar los datos solicitados en el formulario aprobado por el artículo 1° del presente Decreto.

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Resolución N° 165-GCABA-MGOBGC/20

Establece el procedimiento y requisitos a los fines de aprobar las solicitudes a los efectos de cumplir con lo establecido en el Decreto N° 200/AJG/20. Encomienda a la SSAIYPM la veriifcación de la documentación acompañada al formulario del Decreto N° 200/AJG/20. Establece que se sancionará y se denunciarará ante la falsedad de los datos consignados. Establece que al momento de ingresar a la CABA se deberán cumplir con todas las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria.

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Disposición N° 92-GCABA-DGRC/20 y Disposición N° 106-GCABA-DGRC/20

Se dispusó la suspención de diversos tramites inherentes a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

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Disposición N° 98-GCABA-DGRC/20

Dispone que, a los efectos de la emisión de la licencia de cremación, que en aquellos casos de solicitud de cremación directa que tenga como destino un Crematorio o Cementerio de extraña jurisdicción, los herederos forzosos deberán acreditar que revisten tal carácter, ante el establecimiento en que se efectúe la cremación, quedando exceptuados de presentarse personalmente ante la oficina de la Central Defunciones de la DGRC. Asimismo, se aprobó el Formulario Electrónico correspondiente a la “Declaración Jurada para solicitar Licencia de Cremación en Extraña Jurisdicción”. Lo dispuesto en la presente, rige de manera extraordinaria y hasta que se encuentren vigentes las medidas adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria o por el plazo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

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