Resoluciones

Consultá las resoluciones del Órgano Garante publicadas en el Boletín Oficial.

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Las resoluciones del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información pueden:

  • resolver un reclamo por solicitudes de información mal contestadas o sin respuesta o el incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa.

  • ordenar el procedimiento de los reclamos

  • formular recomendaciones a los sujetos obligados.


Solicitante particular c/ Dirección General de Limpieza (DGL)

Contenedores de basura frente a un edificio de viviendas

El solicitante presentó un reclamo contra la Dirección General de Limpieza por considerar contestada solo una parte de su solicitud de información. En el transcurso del trámite, se obtuvo una nueva respuesta de la Dirección General de Limpieza que completó su contestación original. El Órgano Garante convocó una audiencia, en la cual ambas partes se dieron por satisfechas.

Para resaltar

  • el solicitante, en la audiencia, pudo contactarse con la autoridad responsable de estos temas, luego de haber intentado sin éxito por otras vías

  • el reclamo ante este Órgano logró acercar al ciudadano con la Administración.

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Solicitante particular c/ Unidad de Enlace de Faltas Especiales

Copias de actuaciones de la Unidad Administrativa de Control de Faltas

El solicitante solicitó información relativa a las actuaciones seguidas contra un consorcio y pidió la entrega de algunas resoluciones. En el procedimiento de reclamo la Unidad de Enlace de Faltas Especiales envió al solicitante la documentación, brindando la información completa con las copias requeridas sin necesidad de realizar ningún tipo de audiencia.

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El Órgano Garante determina un criterio sobre la entrega de copias: si la reproducción solicitada no exceda un total de cincuenta (50) hojas simples corresponde al sujeto obligado realizar y entregar las copias solicitadas sin cargo para el solicitante.


Solicitante particular c/ Dirección General de Fiscalización y Control de Obras (DGFYCO)

Solicitud de actuaciones de expediente

El solicitante inició un reclamo al considerarse insatisfecho con la respuesta obtenida. En el transcurso del trámite la DGFYCO respondió adjuntando copia de la documentación requerida y complementando la respuesta original. El Órgano Garante decidió convocar a las partes a una audiencia donde las partes se dieron por satisfechas.

Para resaltar, el Órgano Garante determina

  • no es posible cambiar el objeto del reclamo, el mismo debe ser idéntico al de la solicitud

  • la relevancia de entregar el soporte documental cuando sea necesario para asegurar el acceso completo y veraz a la información pública.

  • la reiteración de solicitudes y reclamos por una misma cuestión -sin solución de tiempo entre ellos- ya tramitados y resueltos, es rechazada por identidad de objeto en los términos del artículo 35, inciso a), de la Ley N°104 (t.s. Ley N°5.784).

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Organismos no gubernamentales c/ Ministerio de Justicia y Seguridad

Información en materia de seguridad pública

Reclamo realizado por organismos no gubernamentales por solicitudes de información relacionadas a la seguridad pública presentadas al Ministerio de Justicia y Seguridad.

El Órgano Garante determina la necesidad de fundamentar según determinados estándares la aplicación de la excepción de seguridad pública por parte del sujeto obligado (entre ellos el test del daño y el test del interés público.

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Solicitante particular c/ Subterráneos de Buenos Aires (SBASE)

Información sobre el proceso público de licitaciones llevado adelante para la concesión de la operación y el mantenimiento del servicio de transporte de pasajeros del Subterráneo.

El solicitante particular presentó un reclamo ante la ausencia de respuesta de su solicitud de información. El mismo fue rechazado en tanto fue presentado fuera del plazo de 15 días previsto por el artículo 32 de la ley 104.

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Solicitante particular c/ Dirección General de Protección y Defensa al Consumidor (DGDYPC)

Información contenida en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal

El solicitante interpuso un reclamo contra la respuesta recibida a su solicitud de información. El sujeto obligado en esta segunda instancia cumplió entregando la información o justificando de modo suficiente la imposibilidad de proveer la información solicitada.

Para resaltar, el Órgano Garante determina:

  • el solicitante conforme a nuestro ordenamiento jurídico no debe acreditar un derecho o interés legítimo para requerir la información.

  • no puede impedirse el trámite de una solicitud de información sobre la base de la existencia de mecanismos alternativos de acceso a la información.

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Solicitante particular c/ Subterráneos de Buenos Aires (SBASE)

Copia de una propuesta presentada por SBASE para mejorar la accesibilidad de los subterráneos en el marco de un proceso judicial

El solicitante interpuso un reclamo contra Subterráneos de Buenos Aires (SBASE). La empresa argumentó que su divulgación implicaría la revelación de su estrategia judicial en el marco de un proceso, por lo que le aplicaba una de las excepciones previstas por la ley. En el marco del procedimiento frente al OGDAI, SBASE finalmente satisfizo lo requerido por el solicitante.

Para resaltar, el Órgano Garante determina:

  • en el marco de nuestro ordenamiento jurídico, la interposición de una excepción al derecho de acceso a la información debe ser suficientemente fundamentada.

  • para que la excepción sea procedente, debe ser imposible disociar la información protegida de la información pública.

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Organismo no gubernamental c/ Dirección General de Salud Mental (DGSAM)

Información específica sobre operación y funcionamiento de los establecimientos de salud mental y las políticas públicas relacionadas

El organismo no gubernamental interpuso un reclamo ante la ausencia de respuesta de la Dirección de Salud Mental.

Para resaltar, el Órgano Garante determina:

  • todo sujeto obligado debe producir y poner a disposición de los solicitantes la información que se considera como propia de sus competencias funcionales. Sólo por circunstancias excepcionales correctamente fundamentadas, puede eximirse un sujeto obligado de aquella obligación.

  • las respuestas deben ser claras, coherentes, organizadas y completas.

  • las partes pueden acordar, en una audiencia celebrada por el OGDAI, la ampliación del plazo de entrega de la información, aplicando el artículo 11.

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