Miércoles 30 de Octubre de 2019

Simplificación en el Sistema de Autoprotección

La medida apunta a simplificar los requisitos que deben cumplir los edificios, establecimientos y predios en lo que refiere a autoprotección.

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Con el objetivo de continuar simplificando las normas y regulaciones que impactan en los sectores productivos de la Ciudad, se implementaron cambios en el Sistema de Autoprotección.

Creado por la Ley 5.920, el sistema es de aplicación obligatoria en el ámbito de la Ciudad y la medida alcanza a edificios, establecimientos y predios, tanto del ámbito público como del ámbito privado, con afluencia de público.

La clasificación de los establecimientos se establece según diferentes criterios de riesgo, en función de su uso, superficie, características edilicias y niveles de concurrencia, organizándose en tres grupos:

1- grupo de complejidad de evacuación baja,
2- grupo de complejidad de evacuación media,
3- grupo de complejidad de evacuación alta.

A partir de ahora, aquellos establecimientos que posean un espacio de hasta 300 m2 de superficie cubierta total, ya no necesitan presentar un plan de autoprotección y realizar simulacros anuales sino que solamente deberán presentar una declaración jurada informando que cumplen con los requisitos de seguridad y el plano firmado por un profesional. La medida se enfoca principalmente en los establecimientos gastronómicos y locales comerciales. Dentro de los primeros, aquellos que no superen los 300 m2 de superficie cubierta total, podrán incluir un entre piso habilitado para el uso principal que no exceda los 60 m2. Por otro lado, los Bancos cuya superficie cubierta total no exceda los 200 m2, quedan incluidos dentro del grupo 1.

La presentación de la documentación se realiza ante la Dirección General de Defensa Civil a través de TAD (Trámites a Distancia), de manera gratuita y puede ser realizada por el comerciante sin intermediarios.

Estos cambios apuntan a simplificar la vida del comerciante y aumentar el nivel de cumplimiento de las normas.