Mediante la incorporación de nuevos incisos a los artículos de la ley N°474 de la Ciudad de Buenos Aires (referida a la no discriminación e igualdad de trato), los diputados porteños incorporaron lo que se denomina "perspectiva de igualdad de género" a las "normas y lineamientos de formulación, seguimiento y evaluación del Presupuesto General de Gastos y Recursos de la CABA".
Fue aprobado con 46 votos positivos, 2 votos negativos y 3 abstenciones .
El artículo segundo de la norma aprobada este jueves explica que "se entiende por presupuesto con perspectiva de género a la estrategia de visibilización y análisis de las acciones presupuestarias destinadas a mujeres y a promover la igualdad entre los géneros y el respeto a la diversidad sexual".
Los principios en que se basa son que las diferencias no produzcan discriminación o asimetría entre los géneros; la equidad como estrategia para alcanzar la igualdad de acceso y de resultados; contenido universal, máxima utilización de los recursos disponibles, progresividad y no regresividad, acceso a la justicia y mecanismos de reclamo, acceso a la información y participación de los destinatarios de las políticas.
Obliga respetar los estándares de derechos definidos por las Convenciones y Tratados Internacionales de Derechos Humanos, los derechos fundamentales enumerados en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y en la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El texto aprobado define como objetivos de esta norma: a) proveer información para la toma de decisiones y para la elaboración de políticas públicas que apunten a garantizar el principio de igualdad y no discriminación entre los géneros; b) considerar la perspectiva de género en la formación, ejecución y evaluación presupuestaria de cada periodo".