¿Qué es el grooming y qué podemos hacer para combatirlo?

Una palabra que resuena cada vez más y por la que debemos estar cada vez más atentos.

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¿Qué es el grooming?

Es el accionar de un adulto que se comunica con un niño, una niña o adolescente a través de medios digitales (correos electrónicos, redes sociales, chats, juegos en línea) y se hace pasar por alguien de su edad con el fin de obtener algún tipo de resultado sexual. El grooming es una conducta extorsiva (“si no hacés esto, yo haré aquello”) que se da a partir de una manipulación de un adulto a un/a menor. Este accionar se puede manifestar de diferentes formas: puede ser que el adulto demande que se le envíen imágenes, videos o información íntima; o que intente concretar encuentros en persona, lo que puede derivar en abuso sexual o en trata de personas. Es importante destacar que el grooming es un delito penado por la ley.

En nuestro país, se configuró como delito en el año 2013, a partir de la sanción del artículo 131 de la ley de 26.904 del código penal, que plantea penas de prisión para quien lo practique. Es por esto que el día 13 de noviembre se instauró el Día Nacional de lucha contra el Grooming.

¿En qué se diferencia del sexting?

Grooming y sexting son términos que se refieren a prácticas totalmente diferentes. Mientras que el grooming es una práctica abusiva y un delito penado por la ley, el sexting refiere al intercambio voluntario y consentido de contenidos multimediales de carácter sexual o erótico a través de un dispositivo digital. Puede asociarse a problemáticas no deseadas, como la difusión de imágenes sin consentimiento, pero el sexting no es un problema ni un delito en sí mismo. Sabiendo esto, acercamos información y recursos disponibles desde la Ciudad para acompañar y proteger a niños, niñas y adolescentes de estas prácticas abusivas. El Ministerio de Educación instauró un dispositivo de formación y acompañamiento que tiene como objetivo impulsar la construcción de una ciudadanía digital integral por parte de alumnos/as, docentes, directivos, supervisores/as y familias de todos los niveles educativos.

Este dispositivo incluye acciones relacionadas a grooming y a otras temáticas vinculadas al campo de la Educación Digital, como sexting, ciberbullying, protección de datos personales, tiempo en línea, etc. Se realizan: * Acciones de formación para supervisores, directivos, docentes, estudiantes y familias de todos los niveles * Contenidos educativos de uso libre, elaborados con integración del enfoque de la Educación Sexual Integral (ESI) * Acciones en articulación con otras áreas vinculadas a la temática (Equipo de Promoción de Vínculos Saludables, especialistas en Educación Sexual Integral -ESI-, etc).

¿Qué podemos hacer los/as adultos/as de confianza ante un caso de grooming?

  • Escuchar al niño/a y contenerlo/a, sin juzgarlo/a.
  • Acompañar al niño/a en el proceso de evitar y cortar la comunicación con el usuario que agrede, pero guardando todas las conversaciones y chats, y tomando capturas de pantalla de los intercambios.
  • Iniciar una denuncia.
  • Una vez realizada la denuncia y guardadas las conversaciones y chats, bloquear y denunciar al agresor en la red social.
  • Comunicarse con un programa de atención a las víctimas de grooming y/o de delitos informáticos o con la Línea 102, la línea de los Chicos y las Chicas: promoción y asesoramiento sobre los derechos de los chicos y chicas de la Ciudad de Buenos Aires. 24 hs.

¿Qué puede hacer el/la niño/a acosado/a?

  • Identificar un/ una adulto/a de confianza. Puede ser un/a integrante de su familia, un/a docente, etc.
  • Comunicarse con ese/a adulto de confianza y contarle la situación.
  • Cortar la comunicación con el usuario que agrede y hablar con el/ la adulto de confianza sobre la posibilidad de realizar la denuncia.
  • Conservar las conversaciones o chats para disponer de ellas como prueba.

¿Qué debe hacer la escuela?

  • Escuchar al niño/a y contenerlo/a, sin juzgarlo/a.
  • En tanto se trata de un delito penal y una situación de riesgo para el/la niño/a y adolescente, es obligación de los directivos comunicarse con la Guardia Permanente de Abogados, perteneciente al Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de CABA: 0800-333-1182.
  • El equipo directivo puede solicitar asesoramiento al Servicio de Orientación Jurídica al Docente (SOJAD) 4339-7510/17.
  • Evaluar la posibilidad de comunicar, según cada caso, lo sucedido a la familia y/o adultos de referencia.

Otros contactos útiles:

  • Fiscalía de la Ciudad de Buenos Aires. Denunciá en línea ingresando a: https://denuncias.fiscalias.gob.ar/. Denuncia Telefónica: 0800-33 (FISCAL) 347225 Email: denuncias@fiscalias.gob.ar
  • Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia – UFECI. Sarmiento 663 6°, Ciudad de Buenos Aires. Tel. 11 5071-0040. Email: denunciasufeci@mpf.gov.ar
  • Área de Cibercrimen - Policía Metropolitana. Ecuador 261, CABA. Tel. 4309-9700, internos 4008 o 4009. Mail: cibercrimen@buenosaires.gob.ar
  • División Delitos Cibernéticos contra la Niñez y la Adolescencia, Policía Federal Argentina, Cavia 3302. Edificio 1. PB.CABA, Teléfono: 4630 - 7237. Mail: ciberneticosnya@policiafederal.gov.ar