¿Es necesario cargar el título secundario? Todos los docentes deben cargar su título secundario.
Cuando la denominación de un título nuevo y otro ya incluido en el Anexo de Títulos o sus Apéndices difiera tan sólo en una preposición, dicho título mantendrá las mismas competencias y valoraciones.
Cuando un título discrepe de otro únicamente por hallarse su denominación expresada en plural, ambos títulos tendrán igual competencia y valoración.
Cuando un título se diferencie de otro por hallarse sólo cambiado el orden de su denominación, separado por conjunciones “y”, “e” o “coma”, ambos tendrán igual alcance y valoración.