Mediación

Dirección General de Justicia, Registro y Mediación
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Mediación Comunitaria

La mediación comunitaria es un servicio gratuito y confidencial que el GCABA ofrece a sus vecinos, disponible para las personas y/o instituciones que se enfrentan en un conflicto de convivencia vecinal y están interesadas en resolverlo a través del dialogo. A través de un procedimiento voluntario, rápido y poco estructurado, con la asistencia de un tercero neutral que actúa como mediador y conduce el proceso de la comunicación, se intenta que los propios interesados puedan lograr acuerdos mutuamente satisfactorios.

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1- ¿En qué consiste el servicio?

Un tercero neutral, el mediador, facilita la comunicación entre las partes que intervienen en la mediación y las acompaña en la búsqueda de soluciones mutuamente satisfactorias al conflicto que los vincula. A partir de opciones y propuestas sugeridas por los propios interesados, se logran convenios que tienen el alcance de acuerdos privados.

2- ¿Dónde se brinda el servicio?

Las mediaciones comunitarias se realizan en forma gratuita en todos los Centros de Gestión y Participación Comunales de la Ciudad (agregar link redireccionando a domicilios de cada CGPC) de lunes a viernes en el horario de 9 a 16 hs.
También en el Centro de Mediación Comunitaria ubicado en la Villa 31: Calle 5 e/ 8 y 10 (CESAC 21), los días miércoles de 10 a 15 hs.

3- ¿A quién/es está destinado/s?

El destinatario del servicio de mediación comunitaria que presta el GCBA es el “vecino” de la ciudad de Buenos Aires.
A efectos del presente procedimiento debe entenderse por “vecino” a toda persona de existencia física o ideal, que sea parte de un conflicto de convivencia vecinal y que tenga su domicilio en la ciudad de Buenos Aires o que la incidencia del conflicto, en tanto sus efectos, tenga lugar dentro de dicha jurisdicción.

4- ¿Sobre qué temas se puede consultar?

En el marco de este servicio se entiende por “conflicto vecinal” al problema que se presente como consecuencia de la interrelación – por acción u omisión- entre dos personas de existencia física o ideal, en la cual al menos una de ellas puede definirse como “vecino”.

  • Problemas en el consorcio
  • Problemas edilicios
  • Uso indebido de espacios
  • Conflictos barriales

Se podrán someter a un proceso de mediación comunitaria aquellos conflictos de consorcio que hacen a la convivencia entre vecinos. Los vecinos podrán resolver en mediación problemas tales como: reparaciones en el consorcio, inadecuado uso de espacios comunes, filtraciones y humedad, utilización de la medianera, ruidos molestos, olores desagradables, es decir conflictos que hacen estrictamente a la convivencia vecinal.

5- ¿Cómo acceder al servicio?

El interesado debe asistir al CGPC de su comuna, de lunes a viernes entre las 9 y 16 hs, y dirigirse a la oficina de Mediación Comunitaria, donde personal especializado lo asesorará para llevar adelante la mediación o lo derivará -si el caso no puede ser mediado al organismo que corresponda- para intentar solucionar su problema. Para más consultas.

6- ¿Qué costo tiene?

El servicio es totalmente gratuito.

7- ¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?

Los temas que no pueden ser tratados en Mediación comunitaria son los siguientes:

  • Temas laborales.
  • Causas penales y / o contravencionales.
  • Causas en las que exista denuncia policial previa o que se haya iniciado una acción judicial con el mismo objeto.
  • Conflictos vinculados con el derecho de familia (Acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación y patria potestad y todo otro tema referido a menores de edad).