Plan Director de Emergencias

Entre otras cosas, su función es dar respuesta a situaciones de amenazas a la comunidad, sean de origen natural o por acciones gestadas por los seres humanos, en los cuáles la seguridad, la vida de las personas y el ambiente puedan exponerse al peligro.

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Decreto Nº 695/009 - BOCBA 3240 Publ. 20/08/2009

Artículo 1º - Apruébase, el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo forma parte de la presente norma.

Artículo 2º - Las áreas designadas como integrantes del Plan Director de Emergencias en las distintas amenazas, deberán desarrollar los planes correspondientes, de conformidad con los exponentes esenciales indicados en el Plan Director. Los Ministerios responsables de las Subsecretarías y Direcciones generales incluidas en el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán remitir sus planes respectivos a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, a los efectos de su aprobación, dentro del plazo de noventa (90) días desde la entrada en vigencia del presente decreto.

Artículo 3º - La Subsecretaría de Emergencias, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, es la autoridad de aplicación de la presente norma.

Artículo 4º - Facúltase a la Subsecretaría de Emergencias a dictar las normas complementarias y aclaratorias que sean necesarias para la implementación del Plan Director de Emergencias aprobado por el artículo 1º del presente Decreto.

Artículo 5º - Los planes operativos aprobados por la Subsecretaría de Emergencias dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, juntamente con el Plan Director que se aprueba como Anexo, conforman el Plan de Emergencias para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6º - Derógase el Decreto Nº 2,252/99 y su modificatorio, Decreto Nº 622/04 t.o., denominado “Plan Maestro Metropolitano de Defensa Civil”.

Los correspondientes anexos son publicados en separata del BOCBA Nº 3240

Véase Ley Nº 2.951, BOCBA 3104 del 27/01/2009 , que aprueba el Convenio Interjurisdiccional para la respuesta coordinada ante incidentes mayores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto el día 17 de julio de 2008, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.

 

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