Hacienda

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Información de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Rentas intima masivamente y da facilidades a los deudores chicos

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su Dirección General de Rentas, implementó un nuevo sistema de seguimiento administrativo y regularización de deudas por el cual a partir de mayo mas de 300 mil contribuyentes morosos serán intimados a regularizar sus deudas.

Se trata de dos procesos: por un lado la intimación fehaciente, desde esta semana, complementado con un Plan de Facilidades de Pago con reducción de intereses, para deudas administrativas totales de hasta $ 6.000, que rige a partir del 16 de mayo.

De este modo, AGIP-Rentas reglamenta las facultades decididas por la Legislatura porteña, que en el Código Fiscal 2008 fijó los parámetros para estos planes destinados a dar una oportunidad de cumplimiento a los contribuyentes con deudas de poco monto, antes de llegar a una etapa de judicialización.

El Código Fiscal de este año incorpora la posibilidad de que las deudas pequeñas en gestión judicial puedan beneficiarse también con las facilidades especiales, si el total de la deuda no supera los $10 mil, incluidos los intereses previstos vigentes a la fecha del acogimiento, y sin admitir reconocimientos parciales.

Para poder implementar estos nuevos planes, la nueva agencia autárquica de recaudación debió trabajar en los primeros meses en la transformación del sistema de adjudicaciones judiciales, que se encontraba colapsado por las transferencias anuales de mora, de baja efectividad y difícil gestión.

Desde marzo se adjudicaron a mandatarios casi 14.000 ejecuciones, por más de 200 millones de pesos y con una tasa de recupero, a esta fecha, superior al 15 por ciento.

Con esta herramienta judicial funcionando a pleno, y con la mejora y modernización de los métodos de información, Rentas apunta a fortalecer ahora los mecanismos pre-judiciales, aunque con un riesgo visible y concreto de judicialización para quienes dejen pasar la oportunidad.

Los contribuyentes que comenzaron a ser intimados son deudores de ABL y de Patentes, que registran deudas del 2008 y anteriores.

En el primer caso se enviaron 114.799 intimaciones, por un monto nominal de casi 70 millones de pesos y una media por caso de $600.

En Patentes, se intimaron 204.334 dominios, por un total nominal de casi 215 millones de pesos y una deuda promedio de $1.100.

Además se están procesando los universos de deudores del Impuesto a los Ingresos Brutos, para las intimaciones que se enviarán en breve.

En cuanto a los planes, para los topes se considera el total de la deuda en cuestión, que no puede ser fraccionada, más los intereses devengados, aunque estos sean luego condonados en su totalidad si se abona en un solo pago, o en un 50 por ciento si se opta por la financiación hasta en 12 cuotas sin interés.

Para la deudas superiores a esos montos siguen disponibles los Planes de Facilidades Permanentes, que no contemplan quita de intereses y cuya extensión depende de los montos, pudiendo alcanzar hasta las 60 cuotas.

El Plan especial para obligaciones en mora alcanza a ABL, Patentes, Publicidad, Mejoras Ley Nº 23514 (artículo 2º, inciso b), Uso y Ocupación de la Superficie, el Espacio Aéreo y el Subsuelo de la Vía Pública, Embarcaciones Deportivas o de Recreación, Abasto, Volquetes, Quioscos de Flores, Mesas y Sillas, como así también el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Categorías Locales, Convenio Multilateral y Régimen Simplificado.

Abarca deudas anteriores al 1 de enero del 2008 y es condición para la adhesión estar al día con las cuotas de este año. Por lo tanto, de existir estas, deberán ser abonadas previamente fuera del plan, con los intereses correspondientes.

El de deudas judiciales, a todas aquellas actuaciones que hayan sido transferidas al Cuerpo de Mandatarios de la AGIP.

Publicadas en el Boletín Oficial con los números de Resolución 249 y 250/AGIP/2008, respectivamente para deudas administrativas y judiciales, los planes establecen en ambos casos que las cuotas resultantes no podrán ser inferiores a $ 50 para Ingresos Brutos Convenio y Locales, a $15 para Ingresos Brutos Régimen Simplificado y a $ 30 para el resto de los grávamenes.

Como en el plan permanente, el pago de la cuota 1 sin mora es determinante para la validación de los planes especiales, pero esta vez el sistema será menos benigno con la demora en las cuotas subsiguientes, ya que reduce de 60 a 30 días el atraso aceptado antes de que se produzca la caducidad.

La adhesión a los planes en el caso de ABL, Patentes y Publicidad podrá realizarse por Internet, a través de la página www.rentasgcba.gov.ar; en las delegaciones de Rentas en los Centros de Gestión y Participación Ciudadana, o en la sede central de Suipacha y Viamonte. También puede encontrarse toda la información en la mencionada página.

Publicación: 15 de mayo de 2008