SERVICIO INTEGRAL DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, DESINFECCIÓN Y RETIRO DE PANALES DE VÍA PÚBLICA Y DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y/O DONDE DETERMINE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Horario de consulta del expediente:
10:00
Lugar de consulta del expediente:
Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones ubicada en Av. Martin García 346, piso 3.
Acto administrativo:
Resolución
-1003-2022
Observaciones:
Artículo 1º- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N°7162-0099-LPU22, para la contratación del “SERVICIO INTEGRAL DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN, DESINFECCIÓN Y RETIRO DE PANALES DE VÍA PÚBLICA Y DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y/O DONDE DETERMINE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN”, con destino a la Dirección General de Limpieza dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana de este Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 31°, 32° y 40° de la Ley N°2095 y sus posteriores modificaciones (texto consolidado por Ley N°6347) y Decreto Reglamentario N°74/GCABA/21.
Artículo 2°.- Adjudícanse los servicios licitados a los oferentes Agus Fumigaciones S.R.L. (CUIT N°30-58746176-1) (Oferta N°3) por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 48/100 ($ 499.436.429,48) para la zona 1 y Grupo Efia S.R.L. (CUIT N°30-62557427-3) (Oferta N°6) por la suma de PESOS QUINIENTOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 502.575.044,00) para la zona 2, ascendiendo la presente adjudicación a la suma total de PESOS MIL DOS MILLONES ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 48/100 ($1.002.011.473,48).
Artículo 3°. - Desestímase las ofertas correspondientes a las firmas Carlos G. Blanco y Diego G. Blanco S.H. (CUIT N°33-68066561-9) (Oferta N°1) y Coplama S.A. (CUIT N°30-57790396-0) (Oferta N°2) por no dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 25 del PBCP, y a las firmas Efmarco SRL (CUIT N°30-70955607-6) (Oferta N°4) y Andres Omar Nicosia (CUIT N°20-31175265-1) (Oferta N°5) por no cumplir lo previsto en los incisos 33,34, 36 y 37 del Art. 23 del PCP.