Fiscalización

Garantizamos que se cumplan las condiciones establecidas para las intervenciones en vías peatonales y que las veredas sean un lugar seguro para los peatones.

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Inspección de obras en vías peatonales

Contamos con un cuerpo de 100 inspectores que controlan el cumplimiento de plazos y condiciones de obra que se les exige a las empresas de servicios público para la realización de sus intervenciones en veredas.

Gracias al seguimiento de nuestro equipo inspectivo es posible aplicar sanciones a los incumplimientos y evitar futuras infracciones.

El proceso de inspección abarca toda la duración de la obra, desde su inicio hasta su finalización, para poder garantizar que se cumplan las medidas de seguridad que hacen que el tránsito peatonal sea seguro para los peatones y que los cierres sean efectivos.

Notificaciones

Cuando se determina que el responsable del deterioro de una vereda es una empresa de servicio público, se les deriva el reclamo para su solución. Cuando la rotura proviene de roturas por raíces de árboles, el reclamo es enviado a la comuna. En los casos en que la vereda está en mal estado por desgaste o mal uso, los grandes contribuyentes son notificados para que reparen su frente.

Capacitaciones a empresas de servicios públicos

Realizamos reuniones quincenales con empresas de servicios públicos, para tratar casos puntuales de incidencias en sus aperturas y analizar su rendimiento en obras en vías peatonales. Las capacitaciones nos permiten corregir e instruir a las empresas para que el número de incidencias disminuya y asegurar obras más seguras.

Desarrollamos un protocolo con requisitos técnicos que deben cumplir las empresas de servicios públicos y contratistas para un mejor desempeño. El protocolo de fiscalización, aperturas y cierres en vías peatonales es una herramienta practica para que puedan interpretar adecuadamente la normativa vigente.

Conocimientos básicos sobre las aperturas en veredas

  • El tiempo límite para empezar a realizar una apertura es dentro de las primeras 72 horas desde la fecha de inicio expuesta en el permiso y se debe contar con el acopio de materiales necesarios para el cierre previo a iniciar el trabajo.
  • Los cierres de obra deben iniciarse un plazo de 24 horas desde terminadas las obras para las que se realizó la apertura.
  • Se debe evitar afectar cordones en la ejecución de los trabajos.
  • Cuando las obras se vean afectadas por raíces de árboles se debe informar al GCBA para que determine las medidas necesarias.
  • En caso de producirse daños a la infraestructura de terceros se debe dar inmediato aviso al Gobierno y a los titulares para que tomen las medidas pertinentes.