Adhesión a la Ecoinsignia

La adhesión es libre y gratuita, el establecimiento puede adherir cuando lo desee, los 365 días del año.

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¿Quiénes pueden adherir?

Cualquier tipo de establecimiento dentro de la Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que realice cualquier tipo de actividad pública o privada, puede adherir a calificar para obtener la Ecoinsignia. Es posible adherir siendo desde oficinas, hasta comercios, consorcios de propietarios, espacios comunes, o establecimientos productivos o logísticos, etc. Los requisitos que debe cumplir el establecimiento para adherir son:

a) Que se encuentre radicado físicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la persona física o jurídica responsable por su actividad puede o no estar radicada en la Ciudad de Buenos Aires,

b) Que la actividad desarrollada en él se pueda encuadrar en las categorías de la lista de Segmentos habilitados para la calificación (ver “Formulario de Declaración de Segmento y Rubro de Actividad),

c) Que la persona física o jurídica responsable por su actividad demuestre el vínculo con el establecimiento mediante estatutos, actas, normas, actos administrativos, poderes, títulos de propiedad, contratos de locación, facturas de servicios, etc.

Como responsables por las actividades desarrolladas en el establecimiento, pueden adherir tanto personas físicas (monotributistas, autónomos), como personas jurídicas (organizaciones con o sin fines de lucro, entidades públicas, consorcios, etc). No pueden adherirse establecimientos que sean domicilios particulares destinados a vivienda unifamiliar.

 

¿Qué plazos hay para acreditar los requisitos de la Ecoinsignia y qué vigencia tiene la adhesión?

Una vez adherido, tu establecimiento tiene un mes para completar el Informe de Acreditación de los requisitos de Sostenibilidad y presentarlo. Dicha adhesión no posee plazo de expiración, pero puede quedar sin efecto en aquellos casos donde el establecimiento público o privado:

a. no acredite los requisitos para obtener la Ecoinsignia en el término de un mes desde la aceptación de la “Solicitud de Adhesión” por parte de la Gerencia Operativa de Desarrollo Sustentable;

b. no haya satisfecho los requisitos para obtener la Ecoinsignia tras su acreditación y, a la vez, luego, no haya solicitado la reconsideración para volver a calificar dentro de un plazo de un mes desde la calificación insatisfactoria previa;

c. no renueve la vigencia de la “Ecoinsignia” al cabo de dos años de obtenida o renovada.

En caso de prever no cumplir con presentar el Informe de Acreditación dentro del plazo arriba enunciado, tu establecimiento puede solicitar una única Extensión de Plazo, como mínimo 5 días antes de cumplirse la fecha límite.

Si no solicitaste Extensión de Plazo, y tu adhesión venció por cualesquiera de los casos arriba mencionados, tu establecimiento podrá renovar su adhesión y calificar, aunque recién pasados seis meses desde la última fecha límite registrada.

 

¿Cómo se adhiere?

Para adherir, el establecimiento debe recopilar, firmar, escanear y enviar a ecoinsignia@buenosaires.gob.ar, la siguiente documentación:

a. Formulario de Solicitud de Adhesión, completado y firmado por el Responsable Legal de la organización o actividad desarrollada en el establecimiento, donde éste último:

  • Manifiesta el interés de adherirse y calificar para el nivel de Ecoinsignia que seleccione;

  • Se compromete a realizar la acreditación y acepta recibir a los auditores de APRA;

  • Designa a un referente que trabajará llevando a cabo la interacción para la tramitación de la Ecoinsignia (Apéndice I);

  • Declara en qué segmento y rubro mejor se encuadra el establecimiento que va a adherir y su organización o actividad (Apéndice II, y Sub-Apéndices A y B).

Descargar este formulario aquí.

b. DNI y documentación que acredite la responsabilidad legal del firmante para con la organización o actividad, y el vínculo del responsable u organización con el establecimiento. (Para organizaciones con o sin fines de lucro: estatuto y acta de designación de cargos – si es socio o director -, o bien estatuto y poder – si es apoderado; para monotributistas o autónomos: constancia de inscripción en AFIP; para entidades públicas: acto administrativo de designación del cargo y norma de constitución de la organización; para consorcios: acta de asamblea de designación de cargo y poder).

c. Para los casos donde la dirección del establecimiento no quede acreditada en estos documentos estatutarios o constitutivos, debe presentarse el título de propiedad, contrato de locación o factura de servicio que demuestre el vínculo entre el responsable u organización y el establecimiento.

d. El archivo Excel de Autodiagnóstico completado. Enviarlo vía link de nube, debido a que las directivas de seguridad informática de Gobierno no admiten archivos adjuntos del tipo y tamaño de este Excel, ni archivos comprimidos. La información volcada en este Excel de autodiagnóstico no se considerará definitiva para la calificación. Una vez adherido, el establecimiento tendrá la instancia de presentar la versión definitiva bajo el Informe de Acreditación. Descargar el Excel de autodiagnóstico aquí.

 

¿Cuáles son los próximos pasos luego de adherir?

A) Aceptación de la Adhesión. Una vez enviada la documentación requerida para adherir, un auditor de la APrA se pondrá en contacto con el establecimiento para confirmar la adhesión mediante la extensión de una Nota de Aceptación de Adhesión. A partir de dicha nota, se invitará oficialmente al establecimiento a continuar con el paso siguiente, que consiste en la Acreditación de los requisitos.

B) Acreditación. El auditor de la APrA le enviará material y plantillas necesarias para confeccionar el “Informe de Acreditación”, se lo invitará a realizar un Taller virtual instructivo, y se le indicará la fecha límite para la concreción de dicha etapa. El establecimiento deberá presentar el “Informe de Acreditación”, acompañado de la documentación respaldatoria que corresponda para cada requisito a acreditar, y que permita evaluar la implementación de las mejoras, acciones o características, de acuerdo al Nivel de “Ecoinsignia” a obtener. El tiempo máximo para presentar esta documentación es de un mes desde la aceptación de la adhesión.

C) Evaluación de los Requisitos Acreditados. La Gerencia Operativa de Desarrollo Sustentable, evaluará los requisitos acreditados por el establecimiento. Esto puede requerir una visita al establecimiento, a los efectos de comprobar in situ los requisitos acreditados.

D) Calificación y Otorgamiento de la Ecoinsignia. En caso de que la evaluación de los requisitos acreditados determine que se cumplió con lo requerido para el Nivel de “Ecoinsignia” solicitado, la Gerencia Operativa de Desarrollo Sustentable, emitirá un “Informe de Calificación” y otorgará la “Ecoinsignia” respectiva.

 

¿Cuáles son los Niveles de Ecoinsignia que puedo optar por calificar?

Los tres niveles de Ecoinsignia son: i) Inicial, ii) Intermedio, y iii) Avanzado. Cada uno de estos niveles representa el grado de compromiso con el desarrollo sostenible por parte del establecimiento adherido, y dependen de los requerimientos específicos para cada nivel que definidos y publicados por la APrA en la Lista de Requisitos por segmento, y que sean avalados por la documentación respaldatoria que corresponda.

Consultá acá los requisitos, según el segmento de tu establecimiento:

 

¿La Ecoinsignia tiene vencimiento? ¿Puede renovarse?

La Ecoinsignia tiene un plazo de vigencia de dos años desde su fecha de otorgamiento. El establecimiento puede renovar su Ecoinsignia en el mismo Nivel, o uno distinto, volviendo a calificar los requisitos que la sustenten en su nivel correspondiente, iniciando nuevamente el proceso desde una nueva acreditación al cabo de la fecha de vencimiento.