Normativa

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A partir del 1 de marzo de 2011 comenzó a regir la nueva Ley que incorpora al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, un Título referido al Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro que propone regular el régimen de funcionamiento y control del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro “Taxis” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como del Servicio de Radio Taxis, Mandatarias, Licenciatarios, Conductores, y el Registro Único de la actividad (Rutax), integrando toda la legislación en un único ordenamiento normativo.

Tené en cuenta que:

  • Sólo las empresas de Radio Taxi habilitadas pueden asignar viajes.
  • Podés recibir y aceptar viajes a través de la aplicación oficial BA Taxi
  • Antes de asociarte a una empresa de Radio Taxi, verificá que se encuentre habilitada. Consultá el listado de empresas habilitadas.
  • Verificá las fechas de vencimiento de tu habilitación a través del código QR de tu tarjeta, o en la web. Pasado el vencimiento, tenés hasta 30 días para renovarla. Sólo se puede prestar servicio con la habilitación al día.
  • Las tarifas son iguales para todos. Recordá que no está permitido aplicar descuentos o promociones.
  • La cartelería de tu taxi debe corresponderse con la empresa de la cual sos abonado. Tenelo en cuenta cada vez que cambies de Radio Taxi o te des de baja.

Accedé al texto completo de la nueva Ley N° 3622-2010.»

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