Lunes 12 de Diciembre de 2016

Nuevas opciones para casarse<br> en lugares emblemáticos de la Ciudad

Como ocurrió con el Teatro Colón, los vecinos ahora podrán elegir entre el Rosedal, La Glorieta, el Barrio Chino, la Chacra de los Remedios, el Centro Cultural Marcó del Pont, el Espacio Cultural del Sur, el Teatro 25 de Mayo y la Usina del Arte. Los pasos para la inscripción que ya está abierta.

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Casarse en un lugar emblemático de la Ciudad se convirtió en una linda aventura. Pasó con el Teatro Colón y por delante hay una serie de propuestas muy tentadoras a elección de los vecinos, quienes a partir del 13 de febrero de 2017, justo en la previa del Día de los Enamorados, van a tener a disposición nuevos los lugares, fechas y horarios. Como por ejemplo:

  • Rosedal de Palermo (Av. Infanta Isabel 900)

  • La Glorieta (11 de Septiembre 1901)

  • Barrio Chino (Arribeños y Av. Juramento)

  • Chacra de los Remedios (Av. Directorio & Av. Lacarra)

  • Centro Cultural Marcó del Pont (Artigas 202)

  • Espacio Cultural del Sur (Av. Caseros 1750)

  • Teatro 25 de Mayo (Av. Triunvirato 4444)

  • Usina del Arte (Agustín R. Caffarena 1).

Es importante tener en cuenta que los turnos deberán ser solicitados por esta vía y con una anticipación de 60 días corridos.



Lo que hay que saber

Una vez que seleccionaste lugar, fecha y hora de la ceremonia, deberás imprimir, completar, y presentar los formularios dentro de los 7 días posteriores a la solicitud del turno, en Uruguay 753 (piso 1- Of. Matrimonio) en el horario 7.30 a 18.

En esa oportunidad se les entregara los formularios para el pago, que podrás abonar hasta 15 días corridos antes de la ceremonia.

Si quisieras realizar el pago en esta oportunidad, tene en cuenta que el horario de al tesorería es de 9 a 14 hs., los medios de pago son efectivo, tarjeta de débito y crédito.



Requisitos

  • Solteros con 18 años o más

  • Extranjeros solteros mayores de 18 años con DNI argentino vigente, y residencia precaria o permanente en iguales condiciones.

  • Divorciado o viudo sujeto a la acreditación de su estado civil con la partida de matrimonio con el divorcio inscripto y/o con la partida de defunción en el caso que corresponda.

  • Podes expresar si se ha celebrado o no convención matrimonial. Y, en caso afirmativo, presentar el original y copia de la escritura pública por la que se otorgó.

  • Podes, también, elegir el régimen de separación de bienes.

Esta ceremonia no tiene ningún costo adicional al establecido a la Ley Tarifaria, Art. 76 inc. 5 para los matrimonios que se celebran fuera del ámbito del Registro Civil: Costo $4.450.



Testigos obligatorios:

  • Para el trámite de Matrimonio se necesitaran cuatro testigos obligatorios que sean mayores de edad, capaces, con DNI en vigencia y domicilio registrado en la República Argentina.

  • No obstante, podrán inscribirse hasta un máximo de 6 testigos, con los mismos requisitos, pagando a partir del quinto y sexto el canon correspondiente a los testigos no obligatorios que prevé la Ley Tarifaria Vigente de la CABA ($255).

Prenupciales:

  • Se realizan siete (7) días corridos antes de la fecha de celebración, en un hospital público del G.C.B.A o en clínicas y sanatorios privados de la Ciudad de Buenos Aires.

  • De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser legalizados por la autoridad sanitaria del lugar.



Pasos para realizar el trámite

1) Elegí el día que querés casarte. Los turnos deberán ser solicitados por esta vía y con una anticipación de 60 días.

2) Sacá un turno. Clickeás la opción de Solicitud de Turnos y luego reservá el lugar emblemático para Matrimonio. Tené en cuenta que el turno que sacás es para el día de tu boda.

3) Deberás completar, imprimir y presentar los formularios dentro de los 7 días posteriores a la solicitud del turno, en Uruguay 753 (piso 1- Of. Matrimonio) en el horario 7.30 a 18 horas.

4) ¿Quiénes pueden realizarlo?

  • Solteros con 18 años o más.

  • Extranjeros solteros mayores de 18 años con DNI argentino vigente, y residencia precaria o permanente en iguales condiciones.

  • Divorciado o viudo sujeto a la acreditación de su estado civil con la partida de matrimonio con el divorcio inscripto y/o con la partida de defunción en el caso que corresponda.

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