Lunes 26 de Septiembre de 2016

Los programas de la Ciudad para fomentar el arte y la cultura

Están destinados a impulsar el desarrollo de las manifestaciones artísticas a través de políticas y subsidios. De qué se tratan, quiénes pueden acceder y cómo hacerlo.

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La Ciudad impulsa el arte. A través de distintos programas desarrolla políticas y otorga subsidios y exenciones impositivas para fomentar la cultura en todas sus expresiones.

A continuación, el detalle:

Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y la Ciencia

Financia en forma total o parcial proyectos de fomento, ejecución, difusión y conservación de las artes, las ciencias, el patrimonio cultural y la infraestructura cultural.

Lo hace a través de distintas líneas de subsidio: la de "Patrionio Cultural", que alcanza las disciplinas inmuebles y muebles de valor patrimonial, colecciones, investigaciones y publicaciones, entre otras; la de "Preservación y Fomento de Espacios Culturales", que está destinada a salas de teatro independientes, clubes de música en vivo, milongas y peñas folclóricas; la de “Cooperación e Intercambio Cultural”, que contribuye con proyectos vinculados a encuentros, festivales, y actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o la cooperación socio-cultural; la de "Creadores", que fomenta toda expresión de la cultura, del arte y de la ciencia que, con su labor, enriquece su desarrollo científico y cultural; la de "Fomento de Proyectos Socio-Culturales para la inclusión" y por último, la de "Audiovisuales", que contempla largometrajes, cortometrajes y estrenos.


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Mecenazgo

Es una forma de financiar las actividades culturales que consiste en otorgar un incentivo fiscal a quienes tributen en el impuesto sobre ingresos brutos y destinen parte de ese pago a apoyar este tipo de proyectos.

Los aspirantes a beneficiarios deben presentar sus trabajos ante el Régimen de Promoción Cultural - Mecenazgo durante los períodos de convocatoria, para ser evaluados por el Consejo de Promoción Cultural.

Los proyectos deben ser sin fines de lucro y estar relacionados con la investigación, capacitación, difusión, creación o producción en las siguientes disciplinas: artes audiovisuales y arte digital; danza; teatro; circo, murga, mímica y afines; literatura; artes visuales; artesanías y arte popular; diseño, música académica; música popular; patrimonio cultural y publicaciones, radio, televisión y sitios de Internet con contenido artístico y cultural.


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Prodanza

Es el Instituto para el fomento de la actividad de la danza no oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Cultura porteño. Diseña políticas y programas de promoción, protección, apoyo, investigación, capacitación e incentivo a la creación, producción y difusión de creadores, agentes, organizaciones, entidades y asociaciones que la favorezcan.

Los subsidios que provee se distribuyen mediante llamados anuales a convocatoria de proyectos, cuya comunicación se realiza a través del Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correo electrónico y la publicación de un aviso en un medio gráfico de llegada masiva.

Pueden presentarse personas físicas o jurídicas que tengan un proyecto relativo a la danza independiente, a la producción creativa, a la formación y/o difusión, en cualquiera de sus géneros o estilos. A partir de la Ley 340, se identifican los siguientes tipos de subsidiarios:

  • Compañías o grupos de danza estables: se otorgan para la creación y/o reposición de obras, en el marco de un proyecto que trace sus propias estrategias de circulación y/o difusión en espacios culturales de la ciudad, en articulación con organizaciones particulares o gubernamentales.
  • Elencos o coreógrafos con proyectos puntuales: se dan con el mismo objetivo que en el caso de las compañías o grupos de danza estables.
  • Salas teatrales no oficiales, espacios no convencionales o experimentales, existentes o a crearse: deberán presentar una programación que incluya por lo menos un 70% de propuestas de danza entre sus contenidos, en días y horarios centrales, durante un período mínimo de 9 meses. Pueden ser funciones, encuentros, ciclos y/o festivales, que contribuyan con la producción y circulación de la danza no oficial. El subsidio podrá utilizarse para cubrir los gastos derivados de la programación y/o de la mejora en la infraestructura edilicia y/o adquisición de equipamiento.
  • Entidades y asociaciones culturales: esta línea comprende proyectos ligados a la danza, su desarrollo y fortalecimiento, que se encuentren albergados por algún tipo de entidad jurídica en cuyo objeto esté contemplada la danza (fundaciones, asociaciones y demás organizaciones no gubernamentales). Podrán incluir uno o más artistas que desarrollen la creación, investigación, producción teórica, circulación y difusión, trabajo en red, formación y articulación social, entre otras líneas de trabajo.


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En todos los casos, los subsidiarios deben estar domiciliados en la Ciudad o desarrollar su proyecto en ella.

Proteatro

Es el Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Cultura porteño. Diseña políticas y programas de promoción, apoyo e incentivo a la creación, producción y difusión del teatro a través de diferentes líneas de subsidios: salas teatrales, grupos teatrales estables, eventuales, comunitarios y proyectos especiales.

Además, impulsa acciones de capacitación e investigación, elaboración de diagnósticos e informes, asesoramiento y asistencia técnica.

Las salas teatrales independientes deben estar domiciliadas en capital y deben haber sido registradas previamente en este Instituto. La certificación de este registro les permitirá tramitar la exención del pago de impuestos, sellados, tasas y contribuciones en la Dirección General de Rentas. En este caso, podrán ser utilizados para gastos de infraestructura, equipamiento o funcionamiento.

Los grupos pueden solicitar subsidios para la producción de obras a estrenarse en el año de la convocatoria. Las representaciones deben realizarse en la Ciudad de Buenos Aires.

Se consideran grupos estables a aquellos que acrediten dos años consecutivos mínimos de actividad y que previamente hayan sido registrados en Proteatro. Pueden solicitar la ayuda para la adquisición de equipamiento y para entrenamiento, perfeccionamiento e investigación. Grupos eventuales son aquellos reunidos para la producción de un espectáculo teatral que puedan o no tener continuidad. Los de Teatro Comunitario son los constituidos por y para los vecinos y no persiguen fines de lucro. Y los proyectos especiales son aquellas propuestas que no involucran necesariamente la producción de espectáculos y que pueden considerarse un aporte directo o indirecto por su consistencia y relevancia, tanto en los aspectos teóricos como prácticos referidos a las artes teatrales.

Proteatro también brinda la posibilidad de editar libros sobre artes escénicas, a través de su convenio con Editorial EUDEBA, que diagrama, imprime y distribuye la publicación.


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