El contribuyente podrá iniciar el trámite sin la intervención de un escribano a través del sitio SSIT donde se le solicita que complete los datos correspondientes al local sobre el cual quiere hacer la consulta adjuntando la documentación correspondiente (plancheta, disposición o documentación sustitutiva).
Con el informe emitido por consulta al Padrón Digital, deberá iniciar el trámite de Transferencias dentro de los siguientes 60 días corridos de emitido dicho informe.
Los informes emitidos con anterioridad al 16/11 tendrán tiempo de ser presentados para el trámite de transferencias hasta el 16/01/2016.
Pasado dicho tiempo se deberá ingresar una nueva Consulta al padrón.