Lunes 21 de Noviembre de 2016

Información para Foodtrucks

¿Qué es un foodtruck?
Consideramos un foodtruck a todo vehículo acondicionado higiénica y sanitariamente para elaborar y vender comida, el mismo puede ser un camión o un acoplado.

Compartir en Redes

¿Qué características deben tener los productos que se venden en el puesto?

  • Todas las instalaciones deben encontrarse sanitariamente aptas, contar con superficies lavables (acero inoxidable y no de madera) y todo el material que se utilice en el mismo, utensilios, ollas y otros deberán encontrarse en buen estado de conservación.
  • El foodtruck no tendrá permitido el uso de recipientes de segundo uso como por ejemplo: bidones cortados, tachos de helado u otro recipiente que no cumpla con las normas higiénicas.
  • Las luminarias con las que cuente el vehículo deben tener protección anti estallido.
  • Si tiene alimentos perecederos deberá contar con heladeras.
  • Los descartables deben ser de material sanitariamente apto y estar adecuadamente almacenados y limpios. No se permite su reutilización.

¿Dónde puedo poner mi foodtruck?

Hasta tanto no se encuentre en vigencia la Ley de Foodtrucks en GCBA, los mismos deberán contar con un permiso para la participación en eventos, en el que se detallarán las condiciones específicas de su establecimiento en el lugar de acuerdo al evento.

En el caso de estar en vía pública deberá contar con un permiso, otorgado por la Dirección General de Ordenamiento y Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires.

Para aquellos que se encuentran en predios cerrado o privados el permiso especial deberá ser otorgado en el marco del evento, por la Dirección General de Habilitaciones y Permiso de la Agencia Gubernamental de Control.

Los permisos se dan por tiempo limitado y de acuerdo a las características del mismo.

¿Quiénes deben estar presentes?

Cada Foodtruck debe contar con un responsable, identificado a través de su CUIT/L en el cual debe constar el domicilio legal. El mismo debe ser constituido dentro de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuáles son las condiciones de higiene que debe mantener el puesto?

  • Debe poseer agua caliente para lavado de manos y utensilios. (Puede ser dispenser con bidón)
  • Es recomendable el uso de guantes descartables durante el servicio (recordando que no puede manipular alimentos y cobrar con guantes).
  • Si bien su uso queda supeditado a las características de los productos a expender o elaborar.

¿Qué Fuentes calóricas están permitidas?

Puede contar con horno eléctrico o microondas, recordando que no está permitido el uso de garrafas como fuentes calóricas.

En el caso de autorizarse el uso de leña o carbón debe estar especificado expresamente en el permiso que se otorgue para su funcionamiento.

¿Qué características o condiciones deben tener los productos en el puesto?

  • Como característica intrínseca un alimento debe ser INOCUO, es decir, no enfermar al consumidor.
  • Los productos comerciales ya envasados deben tener la rotulación reglamentaria.
  • En el caso de ser elaborados en el lugar deben mantener la cadena de frío o calor según corresponda, no estar expuestos al medio ambiente y ser conservados de acuerdo a sus características.
  • Los productos envasados deberán encontrase vigentes con la fecha de vencimiento visible. *, Ningún producto alimenticio puede encontrase sobre el suelo, los mismos deben estar tarimados.
  • Los productos en exhibición deben estar protegidos del medio ambiente (vitrinas, campanas, etc.)
  • Todas las materias primas cárnicas, chacinados, embutidos, pescados, etc. deben tener su correspondiente amparo sanitario o en su defecto la factura de compra o remito del expendedor donde debe especificarse corte y cantidad. El resto de los productos que se comercialicen que así lo requieran, contarán con las facturas de compra correspondiente para determinar sus procedencias.
  • No debe haber contaminación cruzada de materias primas durante la elaboración de los productos.
  • No están permitidos los productos marcados o pre-cocidos para su expendio.
  • No está permitido el fraccionamiento de bebidas sin alcohol.
  • Los aliños que se expenden y los manipula el cliente (mayonesa, kétchup, mostaza, etc.) deberán ser expedidos en sachets individuales de único uso.
  • Quienes tienen el curso de manipulación de alimentos aprobado -expendedores- serán los únicos que podrán manipular salsas caseras que no se encuentren envasadas (chimichurri, provenzal, criolla, salas especiales u otros)

¿Qué Temperaturas deben tener los productos?

  • Congelados : -18 ºC
  • Refrigerados: inferior a 5 ºC
  • Calientes: sobre los 70 ºC

¿Puedo vender Alcohol?

Dependerá del permiso especial en el marco del evento en el cual se encuentra participando, siempre ajustándose a la ley (3361/2009) el cual no permite el expendio de alcohol a menores.

En algunos eventos se solicita la colocación de vallado delante del foodtruck para control de acceso y expendio.

¿Puedo poner mesas o sillas?

La inclusión de “patios de comida” o de mesas y sillas, dependerá del permiso especial otorgado en el marco del evento en el cual participa.

¿Cuáles son los requisitos del personal del foodtruck?

  • Libreta sanitaria expedida por Ministerio de Salud de cualquier jurisdicción que tenga competencia en su otorgamiento.
  • Curso de manipulación de alimentos expedido por GCABA para todos aquellos que están en el foodtruck y que participan en la cadena de producción y/o expendio.
  • Los manipuladores no pueden estar enfermos al momento de manipular alimentos, de ocurrir esto deben informarlo al titular para que lo saque de elaboración y manipulación e incluso que lo retire del puesto.
  • El personal deberá utilizar indumentaria reglamentaria, preferentemente clara, la cual se debe encontrar en buen estado higiénico.
  • Se deberá utilizar gorro o cofia, según corresponda. En el caso de cabellera larga, el cabello deberá encontrarse atado dentro de la cofia.