Miércoles 05 de Septiembre de 2018

El trámite de adopción en cinco pasos

Puede inscribirse cualquier persona mayor de 25 años de edad, sola o en pareja, que resida en la Ciudad. Detalles.

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La adopción es una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no pueden ser proporcionados por su familia de origen.

En la Ciudad de Buenos Aires, el organismo encargado de realizar las inscripciones es el Consejo de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que preside Karina Leguizamón.

En la Ciudad, 8 de cada 10 personas que quieren adoptar piensa en un niño de menos de un año. El problema es que "más del 90% de los niños en estado de adopción tienen más de cinco años o son grupos de hermanos", afirmó Leguizamón.

La mayoría de los chicos que esperan su familia son mayores de cinco y tienen hermanos.

Para revertir esta situación, el año pasado el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, anunció una serie de modificaciones que agilizan el proceso de adopción. Los cambios incluyeron mejoras en el sistema de inscripción y de evaluaciones, búsquedas más exhaustivas y un acompañamiento de cerca a las familias durante todo el proceso.

“Nuestro objetivo es hacer más fácil todo el trámite de adopción, menos burocrático, pero sobre todo, más personalizado. Es demasiado importante como decisión en la vida, para los chicos, como para que sólo sea un expediente o un número”, sostuvo Rodríguez Larreta en aquél momento.

Más información: línea 102 o www.buenosaires.gob.ar/adopcion

¿Quiénes pueden inscribirse?

Puede inscribirse una única persona o ambos integrantes de un matrimonio o de una unión convivencial que hubieran cumplido los 25 años de edad. Cuando uno de los peticionantes sea menor de 25, podrá hacerlo si su cónyuge o conviviente que se inscribe conjuntamente cumple con este requisito.

Los pasos

1.

Realizar la inscripción online y asistir a los tres Encuentros Informativos Obligatorios (EIO): es requisito para la inscripción al Registro Único de Aspirante a Guarda con fines Adoptivos (RUAGA), acreditar la previa asistencia a estas reuniones informativas.

Los certificados de asistencia a los EIO tienen una vigencia de dos (2) años para poder anotarse en el RUAGA, en caso de que sea necesario un tiempo extra para continuar elaborando la información recibida en los encuentros.

Es obligatoria la inscripción a cada uno de los EIO para poder asistir a los mismos. Se dispondrá de dos opciones de fecha y horario por Encuentro para facilitar la asistencia. Si es una pareja la que se inscribe, será requisito que ambos miembros se registren y asistan (pueden presenciarlos en forma conjunta o separada)
Consultar fechas

En los EIO se entregarán certificados de asistencia, que tienen una vigencia de dos años, para poder inscribirse en el RUAGA.

2.

Reunir y presentar la documentación obligatoria para la inscripción al RUAGA: será requerida para iniciar la pre-inscripción al RUAGA. No será necesaria para asistir los Encuentros Informativos Obligatorios (punto 1).

Documentación obligatoria

3.

Realizar la pre-inscripción vía Trámites a Distancia: en este punto, se le solicitará a los postulantes completar y cargar toda la documentación reunida anteriormente (punto 2), que será evaluada por especialistas.

4.

Ante un requerimiento específico, se remiten los legajos a los juzgados para que realicen la elección de los postulantes de acuerdo a los niños que se encuentran en estado de adoptabilidad.

5.

Una vez que el juez elige a los postulantes comienza una etapa de guarda donde se vincula al niño con el/los adultos hasta su adopción definitiva.