El nivel de ingresos, así como la energía eléctrica consumida y la superficie afectada, son los parámetros a tener cuenta para seleccionar la categoría y deben ser consecuentes con lo informado a la AFIP por quienes estén dentro del Monotributo. Rentas Ciudad en forma permanente realiza cruces de información a efectos de corroborar los datos declarados.
Desde el periodo fiscal 2015 existen ocho (8) categorías de contribuyentes de acuerdo a las bases imponibles gravadas y a los parámetros máximos de las magnitudes físicas (“superficie afectada” y “energía eléctrica consumida”). Es importante señalar que las categorías I y II fueron eliminadas. Por lo tanto, la mínima establecida es la categoría III.
Para más información puede ingresar a la web www.agip.gob.ar