Jueves 29 de Junio de 2017

Confirman que la carga virtual para la SUBE y la telefonía celular debe ser gratuita

En los últimos 12 meses, inspectores de Defensa al Consumidor de la Ciudad labraron 542 actas de infracción a kioscos que cobraban hasta $5 por cargar la tarjeta SUBE o el celular.

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Defensa al Consumidor reiteró la vigencia de la Ley 4801 que establece la gratuidad del sistema de cargas virtuales ya sea para la tarjeta SUBE como para las demás modalidades como la telefonía celular prepaga, la carga de crédito en sistemas de tv satelital, entre otros.

“Nuestro deber es hacer cumplir la ley y velar por los intereses de los consumidores" Facundo Carrillo, Subsecretario de Demanda Ciudadana de la Ciudad

De mayo del 2016 a mayo de 2017 a pedido de los vecinos, Defensa al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires inspeccionó 621 kioscos y labró 541 Actas de Infracción por incumplir los derechos de los vecinos. La falta más frecuente (casi un 60%) fue el cobro irregular de un sobreprecio por el servicio de carga virtual de la SUBE.

"El servicio de carga virtual es optativo para los kioscos, por tanto al elegirlo deben respetar las pautas de su gratuidad, de otro modo al cobrar están imponiendo un impuesto al consumidor" Facundo Carrillo

De esas actas de infracción, ya se han dictaminado 152 sanciones de multa y, dado que los vecinos informaron que algunos comercios seguían cobrando ilegalmente por ese servicio, se notificó a los reincidentes que, en caso de no cesar en su infracción dentro de las 48 hs. se podrá efectuar la clausura del servicio de carga de virtual por hasta 30 días, conforme los prevé la Ley de Lealtad Comercial.

Las sanciones también se aplicaron por falta de exhibición de precios en general y en particular, por la venta de cigarrillos comercializados con precios superiores a los publicados por las tabacaleras de acuerdo a la resolución 110/91 del Ministerio de Economía de la Nación.

“Es importante que los vecinos denuncien estas prácticas abusivas, el reporte temprano nos permite estar rápidamente dónde se produce la falta, así entre todos podemos cambiar las conductas desleales” Vilma Bouza, Directora de Defensa al Consumidor de la Ciudad.

Hay que destacar que el precio de las golosinas y/o alimentos que se comercializan en los Kioscos, deben exhibirse en forma clara y legible, por unidad y/o grupo de productos y siempre a la vista del consumidor. Cuando la exhibición de precios se realice mediante listas, éstas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo.

Comercios habilitados para cargar SUBE

  • Correo Argentino

  • Rapipago, Pago Fácil, Pago Mis Cuentas

  • Estaciones de subte: ventanilla y tótem

  • Estaciones de tren

  • Agencias de lotería

  • Banco Nación / Banco Ciudad

  • Locutorios y polirubros habilitados

El Gobierno de la Ciudad orienta a los consumidores a través de la línea gratuita 147 y las Sedes Comunales. Obtené más información en nuestras redes Facebook /BAconsumidor y Twitter @BAconsumidor.